III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-22042)
Resolución de 16 de octubre de 2024, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Carolina, para la celebración en América Latina del seminario previsto en la X Edición del Máster Universitario oficial de la UNED en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024
Cuarta.

Sec. III. Pág. 137170

Financiación.

En relación con los compromisos asumidos por las partes, el importe estimado para
financiar las actuaciones derivadas del desarrollo del presente Convenio será el
siguiente:
Concepto

IEF

F. Carolina

Totales

Gastos de alojamiento y manutención del alumnado, traslados
internos de estos y de los ponentes en el país de celebración 15.000,00 35.000,00 50.000,00
del Seminario Presencial de Iberoamérica.

Tal y como se indica en la cláusula tercera, en el caso de que los gastos excedan del
importe máximo de 35.000 euros correspondientes a la Fundación Carolina, el IEF
abonará a esta la diferencia, hasta un máximo de 15.000 euros, previa presentación de
las facturas correspondientes y los documentos justificativos de los pagos realizados,
con cargo al capítulo 2 de su presupuesto de gastos de 2025, siempre que para ello
exista crédito adecuado y suficiente. La transferencia se realizará a la cuenta que la
Fundación Carolina designe al efecto.
Teniendo en cuenta la financiación máxima asumida por cada una de las partes, la
partida no podrá exceder de 50.000 euros.
Quinta. Comisión de seguimiento del convenio.
Para dar cumplimiento al artículo 49.1.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan la constitución de una
Comisión mixta para el seguimiento, vigilancia y control del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes, y que resolverá los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios.
Estará compuesta por una representación paritaria de cada una de las partes,
designada al efecto por cada entidad.
Sexta. Derecho aplicable.
Las partes convienen que el presente acuerdo y las obligaciones que de él se
derivan están sujetos a la Ley española.
Séptima.

Protección de datos y confidencialidad.

1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes tendrán la
consideración de «Corresponsables del tratamiento» y asumen de mutuo acuerdo sus
respectivas responsabilidades especificadas en la presente cláusula, en aplicación del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD).
2. Los datos derivados de este Convenio serán de carácter identificativo y
financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto
establecido en el Convenio.
3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado,
por los fines del Convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza.
La Fundación Carolina, entidad sin ánimo de lucro de naturaleza privada y sujeta a la
Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones, y demás normativa de desarrollo, está
legitimada por sus Estatutos Fundacionales que establecen que la Fundación tiene por
objeto primordial la promoción de las relaciones culturales y la cooperación en el ámbito

cve: BOE-A-2024-22042
Verificable en https://www.boe.es

En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos: