I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-21960)
Acuerdo internacional administrativo entre España y el Banco Europeo de Inversiones relativo a la contribución al Fondo Fiduciario ACP Compartimento de los Estados miembros, hecho en Madrid y Luxemburgo el 18 de julio, 9 y 13 de agosto de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 136841

Contribuyente acepta cooperar e informar al Banco sin dilación de toda acusación de
prácticas prohibidas relacionadas con la Contribución, si procede, así como cooperar con
el Banco en las actividades de diligencia debida y seguimiento continuo del Banco de
conformidad con la política LBC, entre otras maneras, respondiendo a cuestionarios y
aportando la documentación e información que este le requiera.
16. Este Acuerdo de Contribución se ejecuta en los idiomas inglés y español.
En caso de conflicto o discrepancia entre la versión inglesa y la versión española de
este Acuerdo de Contribución, prevalecerá el texto en inglés.
17. Si, en algún momento, alguna de las disposiciones del presente Acuerdo de
Contribución resulta ser ilegal, nula o inexigible en cualquiera de sus aspectos según la
legislación de algún territorio o país, ello no afectará a la legalidad, validez o exigibilidad
de las demás disposiciones del mismo, y tampoco se verá afectada ni menoscabada la
eficacia de dichas disposiciones según la legislación de ningún otro territorio o país.
18. El tratamiento de los datos personales se realizará según lo dispuesto en el
Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre
de 2018.
19. Las Partes se esforzarán por solucionar de forma amistosa toda controversia o
reclamación relativa a la interpretación, aplicación o validez del Acuerdo de Contribución.
En relación con cualquier controversia derivada del presente Acuerdo de Contribución,
las Partes acuerdan someterse a la jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea. El presente Acuerdo de Contribución se regirá e interpretará conforme a los
principios generales comunes a los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros.
En fe de lo cual, las Partes suscriben el presente Acuerdo de Contribución en cuatro
ejemplares originales, dos para el Contribuyente y dos para el Banco. El presente
Acuerdo de Contribución entrará en vigor en la fecha en que lo firme la última de las
Partes, una vez obren en poder del Banco los dos ejemplares originales del mismo
debidamente firmados.
Firmado en nombre de
EL REINO DE ESPAÑA
Eva GRANADOS
Secretaria de Estado de Cooperación
Internacional
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación de España
Fecha: 18/7/2024

Firmado en nombre de
EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES
Ruth NILAND
Directora Departamento Legal
Fecha: 9/8/2024

Richard AMOR
Director Departamento de Asociaciones para el Impacto
Fecha: 13/8/2024

cve: BOE-A-2024-21960
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 258