III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-21917)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión del Instituto Cervantes a la Universidad de Oviedo, para la colaboración en la realización de las pruebas para la obtención de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Jueves 24 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 136592
de candidatos, pruebas de examen, calificaciones, etc. será utilizado por el Centro de
examen únicamente para estos fines y de acuerdo con las instrucciones y la política de
seguridad que al efecto dicte el Instituto Cervantes.
Los compromisos que asume el Centro de Examen DELE en virtud de la presente
cláusula son extensivos al personal que participe en la administración de los exámenes
DELE, se extenderán, una vez que la relación con el Centro de examen haya concluido,
durante los plazos máximos previstos en la legislación vigente que resulte de aplicación.
El Centro de Examen DELE facilitará al Instituto Cervantes la lista de personas de su
institución que deben tener acceso a los sistemas informáticos del Instituto Cervantes,
para cumplir con los compromisos que como centro de examen asume,
comprometiéndose a notificar al Instituto Cervantes cualquier variación relacionada con
los permisos de acceso de dichas personas.
Octava. Vigencia.
El presente Convenio de Encomienda de Gestión tendrá una duración de 4 años,
pudiendo ser prorrogado si existe conformidad de los firmantes, en cuyo caso deberá
formalizarse la prórroga antes de que concluya su vencimiento mediante firma de la
correspondiente prórroga debidamente suscrita por las partes, por un periodo de hasta
cuatro años adicionales.
Novena.
Causas de resolución.
a) Por incumplimiento por parte del Centro de Examen DELE de las obligaciones
que contrae en aplicación del presente Convenio de Encomienda de Gestión (como las
instrucciones y procedimientos recogidos en los manuales de gestión del DELE, que
rigen la administración de los exámenes), especialmente en lo relativo a las
especificaciones del Instituto Cervantes, de seguridad, de custodia y de confidencialidad
de todos los documentos.
b) Por la no participación en la organización de al menos el 50 % de las
convocatorias DELE que ofrezca anualmente el Instituto Cervantes, sin perjuicio de la
posible reclamación por parte del Instituto Cervantes de los daños y perjuicios que se le
hubiesen podido ocasionar.
c) Por la modificación por el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, de
los criterios básicos en los que se basa el presente convenio y a los que se refiere su
exponendo III.
d) Por la utilización indebida de la información o medios a los que tenga acceso el
Centro de Examen DELE para el desarrollo del presente convenio, sin perjuicio de la
posible reclamación por parte del Instituto Cervantes, por los daños y perjuicios
ocasionados.
e) Por imposibilidad de cumplimiento, debidamente justificada al Instituto
Cervantes, por parte del Centro de Examen DELE tanto de los nuevos requisitos que el
Instituto Cervantes le exigiese con posterioridad a la firma de la presente Encomienda de
Gestión, como de lo dispuesto en las especificaciones y normativa anuales que el
Instituto Cervantes le ponga a disposición para asegurar su adecuada participación en la
administración de los exámenes DELE.
f) Por el uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado en este Convenio de
Encomienda de Gestión de cualquier signo distintivo protegido por los derechos de propiedad
industrial o intelectual titularidad del Instituto Cervantes, sin perjuicio de la indemnización que
a este le corresponda por los daños y perjuicios que pudieran derivarse.
cve: BOE-A-2024-21917
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio de Encomienda de Gestión podrá extinguirse, de forma
inmediata, mediante la correspondiente comunicación del Instituto Cervantes al Centro
de Examen DELE, así como del Centro de Examen al Instituto Cervantes en los
supuestos previstos en la letra e) de la presente cláusula, y sin necesidad de denuncia
previa, en cualquier momento por cualquiera de las siguientes causas:
Núm. 257
Jueves 24 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 136592
de candidatos, pruebas de examen, calificaciones, etc. será utilizado por el Centro de
examen únicamente para estos fines y de acuerdo con las instrucciones y la política de
seguridad que al efecto dicte el Instituto Cervantes.
Los compromisos que asume el Centro de Examen DELE en virtud de la presente
cláusula son extensivos al personal que participe en la administración de los exámenes
DELE, se extenderán, una vez que la relación con el Centro de examen haya concluido,
durante los plazos máximos previstos en la legislación vigente que resulte de aplicación.
El Centro de Examen DELE facilitará al Instituto Cervantes la lista de personas de su
institución que deben tener acceso a los sistemas informáticos del Instituto Cervantes,
para cumplir con los compromisos que como centro de examen asume,
comprometiéndose a notificar al Instituto Cervantes cualquier variación relacionada con
los permisos de acceso de dichas personas.
Octava. Vigencia.
El presente Convenio de Encomienda de Gestión tendrá una duración de 4 años,
pudiendo ser prorrogado si existe conformidad de los firmantes, en cuyo caso deberá
formalizarse la prórroga antes de que concluya su vencimiento mediante firma de la
correspondiente prórroga debidamente suscrita por las partes, por un periodo de hasta
cuatro años adicionales.
Novena.
Causas de resolución.
a) Por incumplimiento por parte del Centro de Examen DELE de las obligaciones
que contrae en aplicación del presente Convenio de Encomienda de Gestión (como las
instrucciones y procedimientos recogidos en los manuales de gestión del DELE, que
rigen la administración de los exámenes), especialmente en lo relativo a las
especificaciones del Instituto Cervantes, de seguridad, de custodia y de confidencialidad
de todos los documentos.
b) Por la no participación en la organización de al menos el 50 % de las
convocatorias DELE que ofrezca anualmente el Instituto Cervantes, sin perjuicio de la
posible reclamación por parte del Instituto Cervantes de los daños y perjuicios que se le
hubiesen podido ocasionar.
c) Por la modificación por el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, de
los criterios básicos en los que se basa el presente convenio y a los que se refiere su
exponendo III.
d) Por la utilización indebida de la información o medios a los que tenga acceso el
Centro de Examen DELE para el desarrollo del presente convenio, sin perjuicio de la
posible reclamación por parte del Instituto Cervantes, por los daños y perjuicios
ocasionados.
e) Por imposibilidad de cumplimiento, debidamente justificada al Instituto
Cervantes, por parte del Centro de Examen DELE tanto de los nuevos requisitos que el
Instituto Cervantes le exigiese con posterioridad a la firma de la presente Encomienda de
Gestión, como de lo dispuesto en las especificaciones y normativa anuales que el
Instituto Cervantes le ponga a disposición para asegurar su adecuada participación en la
administración de los exámenes DELE.
f) Por el uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado en este Convenio de
Encomienda de Gestión de cualquier signo distintivo protegido por los derechos de propiedad
industrial o intelectual titularidad del Instituto Cervantes, sin perjuicio de la indemnización que
a este le corresponda por los daños y perjuicios que pudieran derivarse.
cve: BOE-A-2024-21917
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio de Encomienda de Gestión podrá extinguirse, de forma
inmediata, mediante la correspondiente comunicación del Instituto Cervantes al Centro
de Examen DELE, así como del Centro de Examen al Instituto Cervantes en los
supuestos previstos en la letra e) de la presente cláusula, y sin necesidad de denuncia
previa, en cualquier momento por cualquiera de las siguientes causas: