III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-21819)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la modificación y ampliación de subestación Cofrentes 400 kV y la modificación del trazado de la línea Minglanilla-Cofrentes 400 kV en el tramo SE Cofrentes-T-01E, en Cofrentes (Valencia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136157

El Servicio Territorial de Urbanismo de Valencia de la Consejería de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana e Iberdrola
Generación Nuclear, SA, remitieron sendos escritos de los que no se desprende
oposición. Trasladados estos a Red Eléctrica, esta manifestó su toma de razón.
Preguntado el Ayuntamiento de Cofrentes, no se recibió contestación por su parte,
por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2,
131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valencia de fecha 3
de julio de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 162, de 8 de julio
de 2023, así como publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia»
núm. 137, de fecha 17 de julio de 2023. Además, el Anuncio fue publicado en el en los
diarios Levante y Las Provincias, ambos del 17 de julio de 2023. No se recibieron
alegaciones de ningún tipo en el trámite de información pública.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valencia remitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del
proyecto presentado, complementado posteriormente.
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó Resolución de
Valoración de Repercusiones Sobre la Red Natura 2000 al proyecto de ampliación de la
subestación eléctrica de Cofrentes (Valencia), dictada por la Dirección General de Medio
Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, con fecha 17 de abril
de 2024 que concluye que no es previsible que la actividad solicitada, según el proyecto
presentado por el promotor, pueda afectar directa o indirectamente de forma apreciable a
los espacios de la Red Natura 2000, y establece una serie de condicionantes que se
deberán cumplir para evitar daños al medio natural, las cuales han sido expresamente
asumidos y aceptados por Red Eléctrica.
La ampliación de la subestación Cofrentes 400 kV para la conexión de instalaciones
de generación mediante fuentes de energías renovable se encuentra incluida en la
planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo
de 2022 («Boletín Oficial del Estado» núm. 93, de 19 de abril de 2022). La citada
actuación se articula de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta
del Real Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de consumidores, estando incluida en la planificación vigente.
La modificación de la línea Minglanilla-Cofrentes 400 kV en el tramo SE CofrentesT-01E, para permitir la instalación de la posición de interruptor que facilitará el acceso a
la Red de Transporte de energía eléctrica a un agente para la evacuación de energía de
origen renovable (EVRE), se articula de conformidad con lo establecido en la referida
Ley 24/2013,de 26 de diciembre y en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, requiriendo de autorización administrativa previa y autorización administrativa
de construcción.
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para que informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decretoley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro,
eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
Transcurrido el plazo de 15 días hábiles sin haberse recibido contestación, y de
conformidad con la normativa anteriormente citada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente

cve: BOE-A-2024-21819
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Núm. 256