III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-21819)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la modificación y ampliación de subestación Cofrentes 400 kV y la modificación del trazado de la línea Minglanilla-Cofrentes 400 kV en el tramo SE Cofrentes-T-01E, en Cofrentes (Valencia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la modificación y ampliación de subestación Cofrentes 400
kV y la modificación del trazado de la línea Minglanilla-Cofrentes 400 kV en el
tramo SE Cofrentes-T-01E, en Cofrentes (Valencia) y se declara, en concreto,
su utilidad pública.

Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 22 de
junio de 2023, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la modificación y
ampliación de la subestación Cofrentes 400 kV, en el término municipal de Cofrentes,
provincia de Valencia. La actuación, que se ubica en el recinto de la Central Nuclear de
Cofrentes, tiene como objeto facilitar el acceso a la Red de Transporte de energía
eléctrica a un agente para la evacuación de energía de origen renovable (EVRE).
La actuación requiere la construcción de una nueva calle (número 5), con dos
posiciones equipadas (central y línea) y una tercera posición de reserva. La actual línea
a 400 kV Cofrentes-Minglanilla impide su ejecución, obligando a su modificación entre
los apoyos T00E y T01E. En una primera fase, con objeto de dejar espacio para la
modificación de la subestación, se variará de manera temporal la traza actual de la línea,
desplazándola a una posición paralela y desmontando el tramo existente. En una
segunda fase, una vez modificada la subestación, se conectará el apoyo T01E al nuevo
pórtico y se desmontará el tramo de línea temporal. De esta manera, la línea pasará a
conectarse a la nueva calle 5, modificando su trazado con respecto a la situación inicial.
Finalmente, se ampliará la subestación con una nueva posición EVRE, en la calle 4,
ocupando la posición que previamente ocupaba la salida de línea Cofrentes-Minglanilla.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable de manera que acredita el
cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en el
artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Valencia y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
En virtud del artículo 3 bis del Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento de instalaciones nucleares y radiactivas, fue consultado para
emisión de informe preceptivo el Consejo de Seguridad Nuclear, quien en reunión del
Pleno del Consejo del día 25 de septiembre de 2024, ha concluido que el proyecto no
supondrá ningún impacto negativo sobre la central nuclear Cofrentes desde el punto de
vista de la seguridad nuclear y la protección radiológica, si bien establece condicionado
técnico que Red Eléctrica deberá cumplir en los términos establecidos por el Consejo.

cve: BOE-A-2024-21819
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