II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-21760)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por promoción interna y turno libre, plaza de personal laboral fijo de la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la docencia e investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 135731

Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de
personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s
de exclusión.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a
través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la
causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la
participación en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará
pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión
de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en
el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas
aspirantes que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso
selectivo.
5.

Tribunal calificador

5.1 De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que
figuran en el anexo IV.
5.2 Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias
de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen
Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La
Presidencia solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de
constitución, declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas
en este apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de
Intereses (DACI).
5.3 Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el
Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página Web del área de Personal, resolución por la que se nombran a
quienes hayan de sustituir en el Tribunal a las personas que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5 Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia
de la totalidad de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación
mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal
acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del
proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente,
requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, titulares o suplentes, en
su caso.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones
convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo

cve: BOE-A-2024-21760
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Núm. 256