III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-21825)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva línea de entrada y salida en la subestación Maguilla 400 kV, de la línea Valdecaballeros-Guillena, en Maguilla (Badajoz) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136188

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva línea de entrada y salida en la subestación
Maguilla 400 kV, de la línea Valdecaballeros-Guillena, en Maguilla (Badajoz) y
se declara, en concreto, su utilidad pública.

Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 14 de
septiembre de 2022, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la línea de entrada-salida
en la subestación Maguilla 400 kV (antes denominada Llerena), de la línea a 400 kV
Valdecaballeros-Guillena, en el término municipal de Maguilla, provincia de Badajoz.
La actuación tiene como objeto la reducción de las restricciones técnicas que
conllevarían vertidos de generación renovable en la zona, reforzando los ejes de 400 kV
y 220 kV en Extremadura y permitir la conexión de energías renovables futuras en zonas
de alta probabilidad de éxito de la implantación.
Red Eléctrica, a través de técnico competente, suscribió declaración responsable
de manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según
se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Extremadura y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios
de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de
Extremadura remitió informe en el que no manifiesta oposición. Trasladado este informe
a Red Eléctrica, esta respondió manifestando su toma de razón al respecto.
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó informe de 2 de junio
de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no se prevén afecciones significativas el medio ambiente,
siempre que se cumplan las medidas indicadas en el citado informe, las cuales han sido
expresamente asumidas y aceptadas por Red Eléctrica.
No se recibió contestación por parte del Ayuntamiento de Maguilla, por lo que se
entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio del
Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura de fecha 15 de
septiembre de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» número 228, de 22
de septiembre de 2022, así como publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de

cve: BOE-A-2024-21825
Verificable en https://www.boe.es

21825