I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-21706)
Real Decreto 1090/2024, de 22 de octubre, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Inspección técnica y peritación de siniestros en vehículos y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se modifica el Real Decreto 569/2023, de 4 de julio, por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256
Miércoles 23 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 135518
e) Se han verificado las luces de remolque, comprobando las opciones de
conmutación con el equipo (luces de remolque) y su funcionamiento.
f) Se ha verificado la señalización del vehículo, observando visual y auditivamente
todas las señales (avisador acústico, vehículo prioritario, vehículo largo, entre otros),
comprobando su existencia, situación, funcionamiento, estado, entre otros.
g) Se han reflejado e interpretado los defectos hallados durante la inspección para
su subsanación, si fuera necesario, por parte de los usuarios.
h) Se han realizado todos los procesos utilizando el manual de procedimiento de
las estaciones ITV.
i) Se han documentado todos los procesos de forma manual o por procedimientos
informáticos establecidos.
7. Realiza operaciones de verificación del estado de los sistemas de frenos,
dirección, ejes, ruedas, neumáticos y suspensión, comprobando holguras de elementos,
pérdidas de fluido, desgastes anormales, utilizando los equipos de prueba y medida para
garantizar la seguridad de su funcionamiento en la vía pública.
a) Se ha verificado el sistema de frenos del vehículo, observando visualmente
todos sus componentes (discos, latiguillos, pastillas de freno, pedal, entre otros),
comprobando daños, corrosión, modificaciones, entre otros.
b) Se han inspeccionado los frenos de servicio y estacionamiento del vehículo,
utilizando los equipos de prueba y medida (frenómetro, decelerómetro, placas de holgura
para frenos de estacionamiento eléctrico), comprobando su funcionamiento, eficacia,
desequilibrio y fluctuación.
c) Se ha verificado la dirección del vehículo, observando visualmente sus
componentes (volante, manillar con eje delantero, columna de dirección, caja de
dirección, guardapolvos, entre otros), comprobando su fijación, holguras, estado, pérdida
de fluido, entre otros.
d) Se han reflejado en la inspección las desviaciones de ruedas del vehículo,
utilizando el equipo de prueba y medida, comprobando la desalineación de las ruedas
del eje directriz.
e) Se han verificado los ejes, ruedas y suspensión del vehículo, utilizando el
detector de holguras, y observando visualmente los elementos que lo componen
(rodamiento, manguetas, estructura, suspensión, tornillo, tuerca, amortiguador, resortes,
topes, entre otros), comprobando su existencia, pérdida de fluido, estado, fijación,
holgura, entre otros.
f) Se han verificado los neumáticos del vehículo, observando visualmente todas sus
características principales (marca o denominación comercial, índices de carga y
velocidad, tamaño, categoría de utilización, homologación, entre otras), comprobando su
estado, desgaste, utilización, equivalencia, no interferencia, entre otros.
g) Se han reflejado e interpretado los defectos hallados durante la inspección para
su subsanación, si fuera necesario, por parte de los usuarios.
h) Se han realizado todos los procesos utilizando el manual de procedimiento de
las estaciones ITV.
i) Se han documentado todos los procesos de forma manual o por procedimientos
informáticos establecidos.
8. Realiza operaciones de verificación del estado de los sistemas del motor,
transmisión y emisiones contaminantes, para garantizar la seguridad y la no
contaminación del medio ambiente en la vía pública.
Criterios de evaluación:
a) Se ha comprobado visualmente la sujeción del motor, pérdidas de combustible
(gasolina, diésel, GLP, entre otros) y de aceite (motor y transmisión).
cve: BOE-A-2024-21706
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación:
Núm. 256
Miércoles 23 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 135518
e) Se han verificado las luces de remolque, comprobando las opciones de
conmutación con el equipo (luces de remolque) y su funcionamiento.
f) Se ha verificado la señalización del vehículo, observando visual y auditivamente
todas las señales (avisador acústico, vehículo prioritario, vehículo largo, entre otros),
comprobando su existencia, situación, funcionamiento, estado, entre otros.
g) Se han reflejado e interpretado los defectos hallados durante la inspección para
su subsanación, si fuera necesario, por parte de los usuarios.
h) Se han realizado todos los procesos utilizando el manual de procedimiento de
las estaciones ITV.
i) Se han documentado todos los procesos de forma manual o por procedimientos
informáticos establecidos.
7. Realiza operaciones de verificación del estado de los sistemas de frenos,
dirección, ejes, ruedas, neumáticos y suspensión, comprobando holguras de elementos,
pérdidas de fluido, desgastes anormales, utilizando los equipos de prueba y medida para
garantizar la seguridad de su funcionamiento en la vía pública.
a) Se ha verificado el sistema de frenos del vehículo, observando visualmente
todos sus componentes (discos, latiguillos, pastillas de freno, pedal, entre otros),
comprobando daños, corrosión, modificaciones, entre otros.
b) Se han inspeccionado los frenos de servicio y estacionamiento del vehículo,
utilizando los equipos de prueba y medida (frenómetro, decelerómetro, placas de holgura
para frenos de estacionamiento eléctrico), comprobando su funcionamiento, eficacia,
desequilibrio y fluctuación.
c) Se ha verificado la dirección del vehículo, observando visualmente sus
componentes (volante, manillar con eje delantero, columna de dirección, caja de
dirección, guardapolvos, entre otros), comprobando su fijación, holguras, estado, pérdida
de fluido, entre otros.
d) Se han reflejado en la inspección las desviaciones de ruedas del vehículo,
utilizando el equipo de prueba y medida, comprobando la desalineación de las ruedas
del eje directriz.
e) Se han verificado los ejes, ruedas y suspensión del vehículo, utilizando el
detector de holguras, y observando visualmente los elementos que lo componen
(rodamiento, manguetas, estructura, suspensión, tornillo, tuerca, amortiguador, resortes,
topes, entre otros), comprobando su existencia, pérdida de fluido, estado, fijación,
holgura, entre otros.
f) Se han verificado los neumáticos del vehículo, observando visualmente todas sus
características principales (marca o denominación comercial, índices de carga y
velocidad, tamaño, categoría de utilización, homologación, entre otras), comprobando su
estado, desgaste, utilización, equivalencia, no interferencia, entre otros.
g) Se han reflejado e interpretado los defectos hallados durante la inspección para
su subsanación, si fuera necesario, por parte de los usuarios.
h) Se han realizado todos los procesos utilizando el manual de procedimiento de
las estaciones ITV.
i) Se han documentado todos los procesos de forma manual o por procedimientos
informáticos establecidos.
8. Realiza operaciones de verificación del estado de los sistemas del motor,
transmisión y emisiones contaminantes, para garantizar la seguridad y la no
contaminación del medio ambiente en la vía pública.
Criterios de evaluación:
a) Se ha comprobado visualmente la sujeción del motor, pérdidas de combustible
(gasolina, diésel, GLP, entre otros) y de aceite (motor y transmisión).
cve: BOE-A-2024-21706
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación: