I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2024-21703)
Real Decreto 1087/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía, aprobado por el Real Decreto 997/1989, de 28 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 135471

Por lo que se refiere al principio de proporcionalidad, la disposición contiene la
regulación imprescindible para atender a la necesidad perseguida, que además no
implica ninguna restricción de derechos para sus destinatarios.
También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica al integrarse de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional para generar un marco
normativo estable.
Se ha garantizado el principio de transparencia, ya que el real decreto define
claramente los objetivos que persigue y, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 94 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, ha sido sometida al Consejo de
Policía para la emisión de su informe. De conformidad con el artículo 26.6 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el proyecto fue sometido al trámite de
audiencia e información pública.
Asimismo, es adecuado al principio de eficiencia, ya que con la norma no se
generan, cargas administrativas innecesarias o accesorias y se racionaliza, con su
aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Este real decreto se dicta con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.29.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
seguridad pública.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Interior, con la aprobación previa del
Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo con el
Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 22 de octubre de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la
Dirección General de la Policía, aprobado por el Real Decreto 997/1989, de 28 de
julio.
Se suprime el párrafo d) y se modifica el párrafo k) del artículo 7 del Reglamento de
Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía, aprobado por el
Real Decreto 997/1989, de 28 de julio, que queda redactado de la siguiente forma:
«k) Los puestos de trabajo con nivel orgánico de Jefe de Grupo Técnico y
asimilados.»
Disposición transitoria única. Procesos de provisión de puestos de trabajo por
concurso específico de méritos.
Los procedimientos de provisión de puestos de trabajo por concurso específico de
méritos que a la entrada en vigor de este real decreto se encuentren en curso,
continuarán rigiéndose, hasta su conclusión, por las normas vigentes en la fecha de la
publicación de la correspondiente convocatoria.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.29.ª de la
Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de seguridad
pública.

cve: BOE-A-2024-21703
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Núm. 256