III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-21673)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el desarrollo de la línea de préstamos participativos establecida en la disposición adicional vigésimo quinta de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 135250
proporcionar a las pequeñas y medianas empresas instrumentos y fórmulas de
financiación a largo plazo, que les permitan reforzar sus estructuras financieras.
Dicha actividad tiene como principal objetivo, fomentar la creación, crecimiento y
consolidación de la empresa española, participando activamente en la financiación de
proyectos empresariales viables e innovadores.
Esta actividad inversora se realiza con criterios de política pública y de sostenibilidad
financiera de la empresa.
Con esta finalidad, ENISA tiene implantado un Manual de Admisión y Análisis de
Operaciones, aprobado por los órganos de gobierno de la sociedad, acorde con la
naturaleza del negocio y la dimensión de la operativa de ENISA.
Dicho Manual, explica de forma sintética y concisa el trabajo que se desarrolla desde
la Dirección de Operaciones de ENISA, en todo el proceso inversor, que incluye,
básicamente, los procesos de admisión y análisis.
Se aplica, por tanto, a todas las solicitudes de financiación que se reciben a través de
la plataforma informática establecida al efecto. Mediante el análisis de dicha información,
tanto en la fase de admisión como en la fase de análisis de operaciones, a través del
estudio de la información que envían los solicitantes en sus planes de negocio y demás
documentación aportada/requerida, se evalúa y emite una opinión favorable o no, en
función de la viabilidad, la solvencia financiera y la capacidad de desarrollo del plan de
negocio de la empresa solicitante.
La operativa utilizada en el proceso, se desarrolla de acuerdo con las prácticas
habituales en el sector financiero y, por ello, se utilizan herramientas y técnicas
homologables con las utilizadas por las entidades de crédito, siempre aplicando el
principio de proporcionalidad en función de las características de ENISA y todo ello
dentro del marco de apetito al riesgo establecido por los órganos de dirección y gobierno
de ENISA.
Todo el proceso de admisión y análisis de solicitudes de financiación es
responsabilidad de la Dirección de Operaciones, que tiene autonomía para la toma de
decisiones.
2.
Características de la financiación de ENISA
La actividad inversora realizada por ENISA se financia, con carácter preferente, con
los fondos procedentes del Ministerio de Industria y Turismo (MINTUR), en base a líneas
de financiación creadas por disposiciones legales y reguladas mediante convenios
suscritos entre el citado Ministerio y ENISA.
Dado el carácter público de los fondos gestionados por ENISA, su actividad inversora
se realiza con carácter complementario en dos sentidos:
Las necesidades financieras que trata de atender ENISA son, con carácter general,
las previstas por la empresa en su solicitud de financiación, para el año en curso y primer
año proyectado.
La financiación concedida se instrumenta, con carácter preferente, mediante la
fórmula de préstamo participativo, lo que implica, entre otros aspectos, que:
– La de ENISA se sitúe después de los acreedores comunes en orden a la prelación
de créditos.
– La determinación del tipo de interés se realice en función de la evolución de la
actividad de la empresa prestataria.
cve: BOE-A-2024-21673
Verificable en https://www.boe.es
– Evitando la concurrencia competitiva con agentes financieros privados y actuando
preferentemente en proyectos empresariales que por sus características de innovación y
riesgo tienen dificultades para su financiación total o parcial por los financiadores
tradicionales.
– Evitando ser los líderes de la financiación de los proyectos, tanto por importe como
por dirección del proceso de financiación.
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 135250
proporcionar a las pequeñas y medianas empresas instrumentos y fórmulas de
financiación a largo plazo, que les permitan reforzar sus estructuras financieras.
Dicha actividad tiene como principal objetivo, fomentar la creación, crecimiento y
consolidación de la empresa española, participando activamente en la financiación de
proyectos empresariales viables e innovadores.
Esta actividad inversora se realiza con criterios de política pública y de sostenibilidad
financiera de la empresa.
Con esta finalidad, ENISA tiene implantado un Manual de Admisión y Análisis de
Operaciones, aprobado por los órganos de gobierno de la sociedad, acorde con la
naturaleza del negocio y la dimensión de la operativa de ENISA.
Dicho Manual, explica de forma sintética y concisa el trabajo que se desarrolla desde
la Dirección de Operaciones de ENISA, en todo el proceso inversor, que incluye,
básicamente, los procesos de admisión y análisis.
Se aplica, por tanto, a todas las solicitudes de financiación que se reciben a través de
la plataforma informática establecida al efecto. Mediante el análisis de dicha información,
tanto en la fase de admisión como en la fase de análisis de operaciones, a través del
estudio de la información que envían los solicitantes en sus planes de negocio y demás
documentación aportada/requerida, se evalúa y emite una opinión favorable o no, en
función de la viabilidad, la solvencia financiera y la capacidad de desarrollo del plan de
negocio de la empresa solicitante.
La operativa utilizada en el proceso, se desarrolla de acuerdo con las prácticas
habituales en el sector financiero y, por ello, se utilizan herramientas y técnicas
homologables con las utilizadas por las entidades de crédito, siempre aplicando el
principio de proporcionalidad en función de las características de ENISA y todo ello
dentro del marco de apetito al riesgo establecido por los órganos de dirección y gobierno
de ENISA.
Todo el proceso de admisión y análisis de solicitudes de financiación es
responsabilidad de la Dirección de Operaciones, que tiene autonomía para la toma de
decisiones.
2.
Características de la financiación de ENISA
La actividad inversora realizada por ENISA se financia, con carácter preferente, con
los fondos procedentes del Ministerio de Industria y Turismo (MINTUR), en base a líneas
de financiación creadas por disposiciones legales y reguladas mediante convenios
suscritos entre el citado Ministerio y ENISA.
Dado el carácter público de los fondos gestionados por ENISA, su actividad inversora
se realiza con carácter complementario en dos sentidos:
Las necesidades financieras que trata de atender ENISA son, con carácter general,
las previstas por la empresa en su solicitud de financiación, para el año en curso y primer
año proyectado.
La financiación concedida se instrumenta, con carácter preferente, mediante la
fórmula de préstamo participativo, lo que implica, entre otros aspectos, que:
– La de ENISA se sitúe después de los acreedores comunes en orden a la prelación
de créditos.
– La determinación del tipo de interés se realice en función de la evolución de la
actividad de la empresa prestataria.
cve: BOE-A-2024-21673
Verificable en https://www.boe.es
– Evitando la concurrencia competitiva con agentes financieros privados y actuando
preferentemente en proyectos empresariales que por sus características de innovación y
riesgo tienen dificultades para su financiación total o parcial por los financiadores
tradicionales.
– Evitando ser los líderes de la financiación de los proyectos, tanto por importe como
por dirección del proceso de financiación.