III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-21674)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el desarrollo de la línea de préstamos participativos establecida en la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135256

Presupuestos Generales del estado para 2011, modificada por la disposición final
duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2016. Dicho importe será de 20.500,00 miles de euros, cantidad que se
financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.10.433M.821.12 del vigente
presupuesto.
VI. Asimismo, la disposición adicional cuadragésima sexta de la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024
según Acuerdo de Consejo de Ministros, de 27 de diciembre de 2023, establece, en su
segundo párrafo que para disponer del crédito presupuestario que dota esta línea, este
convenio deberá contar con el informe favorable de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos en relación con el cumplimiento de los requisitos necesarios para
hacer posible su financiación mediante Fondos Estructurales Europeos.
VII. Que el Reglamento Comunitario 1303/2013, por el que se establecen
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y
al Fondo Europeo Marítimo y de la pesca, y por el que se establecen disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo,
al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el
Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, prevé diferentes canales para hacer
posible la financiación mediante los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Constituye el objeto del presente convenio las condiciones bajo las cuales ENISA,
recibirá un préstamo del MINTUR para la aplicación de la línea de financiación de apoyo
financiero a jóvenes emprendedores, a través de la figura del préstamo participativo,
establecida en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 39/2010, de 22 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, modificada por la
disposición final duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2016.
De acuerdo con el objeto del presente convenio y en aras a las oportunidades de
financiación que brinda a la PYME, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Reglamento
Comunitario 1303/2013.
Asimismo, en el presente convenio se establecen las características (condiciones,
criterios y procedimientos de concesión y control) de los préstamos participativos
financiados mediante esta línea.
Condiciones del Préstamo del MINTUR a ENISA.

ENISA recibirá un préstamo del MINTUR en el año 2024, por un importe
de 20.500.000,00 euros, con el objeto de facilitar la financiación de proyectos
empresariales promovidos por jóvenes emprendedores. El préstamo tendrá un período
máximo de amortización de ocho años, a tipo de interés cero y sin necesidad de
garantías.
El préstamo será concedido con cargo a la aplicación presupuestaria 20.10.433M.821.12,
del vigente presupuesto y financiará los préstamos participativos cuya concesión haya sido
aprobada por ENISA en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 13 de
diciembre de 2024, en los términos fijados en la cláusula quinta del presente convenio.

cve: BOE-A-2024-21674
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Segunda.