III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-21678)
Resolución de 17 de octubre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135293

goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución, el artículo 3 de
la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el
Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, por el que aprueban los Estatutos de la
Universidad de Sevilla. Entre sus funciones generales, la Universidad tiene la
correspondiente a la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan
la aplicación de conocimientos y métodos científicos, y la difusión, la valorización y la
transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida y del
desarrollo económico; así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la
extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.
La Universidad asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno mediante el establecimiento de
relaciones con otras instituciones, que permitan completar el proceso formativo con una
puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
El artículo 3.2.q) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, establece que la
autonomía de que goza la Universidad comprende, entre otros aspectos «el
establecimiento de relaciones con otras universidades, instituciones, organismos,
Corporaciones de Derecho Público, Administraciones Públicas o empresas y entidades
locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar algunas de las
funciones que le son propias a la Universidad».
II. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., tiene, entre sus cometidos:
– El otorgamiento de autorizaciones y concesiones referentes al dominio público
hidráulico, salvo las relativas a las obras y actuaciones de interés general del Estado,
que corresponderán al Ministerio de Medio Ambiente (actualmente, Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico).
– La inspección y vigilancia del cumplimiento de las condiciones de concesiones y
autorizaciones relativas al dominio público hidráulico.
– La realización de aforos, estudios de hidrología, información sobre crecidas y
control de la calidad de las aguas.
– La realización, en el ámbito de sus competencias, de planes, programas y
acciones que tengan como objetivo una adecuada gestión de las demandas, a fin de
promover el ahorro y la eficiencia económica y ambiental de los diferentes usos del agua
mediante el aprovechamiento global e integrado de las aguas superficiales y
subterráneas, de acuerdo, en su caso, con las previsiones de la correspondiente
planificación sectorial.
III. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, tanto la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A.,
como la Universidad pueden suscribir convenios con sujetos de derecho público y
privado en el ámbito de sus respectivas competencias.
IV. Ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
V. La Universidad está interesada en establecer un Programa de Colaboración
con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., para la realización de
prácticas académicas externas de los estudiantes matriculados en la misma, todo
ello con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes universitarios de
la Universidad.

cve: BOE-A-2024-21678
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Núm. 255