III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-21664)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para la prestación del servicio distribuido de nómina estándar de la Administración General del Estado y el servicio de visualización de nóminas Servinómina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 135098
ANEXO III
Actividades básicas de mantenimiento y administración del entorno de explotación
de la aplicación NEDAES
Equipos informáticos: El Centro usuario se responsabilizará de la adquisición,
arrendamiento, ampliación o mantenimiento del sistema informático sobre el que se ejecute
la nómina NEDAES (tanto hardware como software). Los equipos y software que adquiera
deberán ajustarse al entorno y configuración recomendados por la SGAD y tener la potencia
y capacidad suficientes para las necesidades del Centro. Es muy conveniente que el equipo
informático esté dedicado en exclusiva a la aplicación NEDAES.
Mantenimiento de la infraestructura: El Centro usuario garantizará el correcto
funcionamiento de los equipos y software sobre los que se basa la aplicación NEDAES, y
que se detallan a continuación. En cualquier caso, se deberá vigilar:
1. Renovar anualmente los correspondientes mantenimientos del hardware,
sistema operativo, gestor de base de datos y restantes herramientas utilizadas por la
aplicación NEDAES.
2. Garantizar el correcto funcionamiento de los equipos periféricos o
complementarios de la instalación (redes locales, microordenadores, impresoras, etc.).
3. Administrar y mantener el sistema operativo, el software del gestor de base de
datos, servidor de aplicaciones y sus correspondientes herramientas, lo que incluirá:
a)
b)
Instalación de parches y nuevas versiones del software (servidor y cliente).
Reinstalación del software por cambio de máquina o sistema operativo.
4.
Administrar y mantener la base de datos, lo que incluirá:
a) Monitorización mensual de los recursos (espacio en disco, memoria física, etc.).
b) Redimensionamiento y ajuste de la base de datos si fuera necesario.
c) Definición y ejecución rigurosa de la política de copias de seguridad (lógicas y
físicas).
d) Revisión y optimización de la fragmentación de la base de datos.
e) Arranques y paradas de la base de datos.
f) Recuperación de la base de datos en caso de caída del sistema o pérdida de
ficheros de control.
a) Monitorización mensual de los recursos utilizados por el software (espacio en
disco, memoria física, etc.).
b) Ajuste de los parámetros del servidor de aplicaciones si fuera necesario.
c) Arranques y paradas del servidor de aplicaciones.
d) Definición y ejecución rigurosa de la política de copias de seguridad.
e) Recuperación del servidor de aplicaciones en caso de caída del sistema o
pérdida de los ficheros de control.
f) Aplicación rigurosa de las medidas de seguridad de los ficheros y de control de
accesos a los mismos, según lo dispuesto en la normativa de seguridad y protección de
datos vigente, entre la que se incluye la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
Administración del entorno de explotación: El Centro Usuario garantizará la correcta
adecuación del entorno de explotación, mediante la realización de las actividades que se
cve: BOE-A-2024-21664
Verificable en https://www.boe.es
5. Administrar y mantener el servidor de aplicaciones (Forms&Reports Services), lo
que incluirá:
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 135098
ANEXO III
Actividades básicas de mantenimiento y administración del entorno de explotación
de la aplicación NEDAES
Equipos informáticos: El Centro usuario se responsabilizará de la adquisición,
arrendamiento, ampliación o mantenimiento del sistema informático sobre el que se ejecute
la nómina NEDAES (tanto hardware como software). Los equipos y software que adquiera
deberán ajustarse al entorno y configuración recomendados por la SGAD y tener la potencia
y capacidad suficientes para las necesidades del Centro. Es muy conveniente que el equipo
informático esté dedicado en exclusiva a la aplicación NEDAES.
Mantenimiento de la infraestructura: El Centro usuario garantizará el correcto
funcionamiento de los equipos y software sobre los que se basa la aplicación NEDAES, y
que se detallan a continuación. En cualquier caso, se deberá vigilar:
1. Renovar anualmente los correspondientes mantenimientos del hardware,
sistema operativo, gestor de base de datos y restantes herramientas utilizadas por la
aplicación NEDAES.
2. Garantizar el correcto funcionamiento de los equipos periféricos o
complementarios de la instalación (redes locales, microordenadores, impresoras, etc.).
3. Administrar y mantener el sistema operativo, el software del gestor de base de
datos, servidor de aplicaciones y sus correspondientes herramientas, lo que incluirá:
a)
b)
Instalación de parches y nuevas versiones del software (servidor y cliente).
Reinstalación del software por cambio de máquina o sistema operativo.
4.
Administrar y mantener la base de datos, lo que incluirá:
a) Monitorización mensual de los recursos (espacio en disco, memoria física, etc.).
b) Redimensionamiento y ajuste de la base de datos si fuera necesario.
c) Definición y ejecución rigurosa de la política de copias de seguridad (lógicas y
físicas).
d) Revisión y optimización de la fragmentación de la base de datos.
e) Arranques y paradas de la base de datos.
f) Recuperación de la base de datos en caso de caída del sistema o pérdida de
ficheros de control.
a) Monitorización mensual de los recursos utilizados por el software (espacio en
disco, memoria física, etc.).
b) Ajuste de los parámetros del servidor de aplicaciones si fuera necesario.
c) Arranques y paradas del servidor de aplicaciones.
d) Definición y ejecución rigurosa de la política de copias de seguridad.
e) Recuperación del servidor de aplicaciones en caso de caída del sistema o
pérdida de los ficheros de control.
f) Aplicación rigurosa de las medidas de seguridad de los ficheros y de control de
accesos a los mismos, según lo dispuesto en la normativa de seguridad y protección de
datos vigente, entre la que se incluye la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
Administración del entorno de explotación: El Centro Usuario garantizará la correcta
adecuación del entorno de explotación, mediante la realización de las actividades que se
cve: BOE-A-2024-21664
Verificable en https://www.boe.es
5. Administrar y mantener el servidor de aplicaciones (Forms&Reports Services), lo
que incluirá: