III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-21668)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135124

Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5
de marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre
la Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones
públicas, fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia,
se suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.
El Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba es una Corporación de Derecho Público
con plena capacidad de obrar de conformidad con el artículo 2 de los Estatutos
Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior.
Cuarto.
Los Arquitectos colegiados disponen de información gráfica relativa a inmuebles
urbanos y rústicos situados en todo el territorio nacional, la cual es obtenida por la
realización de sus trabajos profesionales, que conllevan información con trascendencia
catastral. Precisan éstos, por contrapartida, disponer de cartografía catastral digital
permanentemente actualizada y georreferenciada para su uso en la redacción de
proyectos, informes, tasaciones o dictámenes.
Quinto.
De indudable utilidad para el desarrollo de su actividad profesional es la suscripción
del presente convenio con la Dirección General del Catastro, que facilitará la obtención
electrónica de los datos catastrales precisos para la conclusión de sus trabajos
profesionales, lo que propiciará la mejora de las prestaciones a los ciudadanos,
agilizando dicha actuación y confiriéndole un mayor grado de fiabilidad, transparencia y
seguridad jurídica.
Asimismo, la asistencia de los colegiados a sus clientes en la confección y
presentación de declaraciones ante el Catastro contribuirá a facilitarles el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias.
Sexto.
El presente convenio se suscribe en el marco de colaboración establecido en el
convenio suscrito el 29 de septiembre de 2022 entre la Dirección General del Catastro y
el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España.
Séptimo.

En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente
convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio establecer la colaboración, en régimen de
encomienda de gestión, entre la Gerencia Territorial del Catastro de Córdoba y el Colegio

cve: BOE-A-2024-21668
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
del Ministerio de Hacienda.