III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-21672)
Orden ITU/1144/2024, de 16 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso de la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores, y se procede a la convocatoria del año 2024 para la sección Ipcei (Proyecto Importante de Interés Común Europeo), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 135222
ANEXO V
Metodología para el cálculo de la viabilidad económica-financiera
y definiciones aplicables
a)
Metodología para el cálculo de la viabilidad económica-financiera.
1.
Sociedades mercantiles con cuentas presentadas:
Se aplicarán los criterios recogidos en la siguiente tabla:
Puntuación
máxima
Criterio
Viabilidad económica y financiera de la entidad [La puntuación se
obtiene multiplicando la suma de a.1) a a.11) por el coeficiente a.12)].
30
a.1)
Deudas a corto plazo / Total patrimonio neto y pasivo.
3
a.2)
Resultado económico bruto / Cifra neta de negocios.
3
a.3)
Gastos de personal / Cifra neta de negocios.
3
a.4)
Cifra neta de negocios / Total activo.
1,5
a.5)
Resultado económico neto / Total activo.
3
a.6)
Resultado económico bruto / Total deuda neta.
3
a.7)
Activo corriente / Total activo.
1,5
a.8)
Fondos propios / Total patrimonio neto y pasivo.
3
a.9)
Deudas a medio y largo plazo / Total patrimonio neto y pasivo.
3
a.10)
Inmovilizado material / Total activo.
3
a.11)
Resultado económico neto / Gastos financieros.
3
a.12)
Coeficiente de riesgo económico-financiero.
1
Umbral de
puntuación
12
Para la aplicación de estos criterios se emplearán las cuentas depositadas en el
Registro Mercantil correspondientes al año 2023 o, en su defecto, 2022.
Si se dictaminase de forma motivada que las cuentas no reflejan la imagen fiel de la
situación de la empresa, el órgano instructor podría realizar correcciones o incluso podría
determinarse su no aceptación global.
Los rangos de puntuación de los subcriterios a.1) a a.11) de la viabilidad económica y
financiera son los siguientes:
a.1) Deudas a corto plazo / Total patrimonio
neto y pasivo.
Valor
Puntuación
Menor que 15 %.
3
Mayor o igual que 15 % y menor
que 30 %.
2,5
Mayor o igual que 30 % y menor
que 50 %.
1,5
Mayor o igual que 50 % y menor
que 60 %.
1
Mayor o igual que 60 %.
0,5
cve: BOE-A-2024-21672
Verificable en https://www.boe.es
Criterio/subcriterio
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 135222
ANEXO V
Metodología para el cálculo de la viabilidad económica-financiera
y definiciones aplicables
a)
Metodología para el cálculo de la viabilidad económica-financiera.
1.
Sociedades mercantiles con cuentas presentadas:
Se aplicarán los criterios recogidos en la siguiente tabla:
Puntuación
máxima
Criterio
Viabilidad económica y financiera de la entidad [La puntuación se
obtiene multiplicando la suma de a.1) a a.11) por el coeficiente a.12)].
30
a.1)
Deudas a corto plazo / Total patrimonio neto y pasivo.
3
a.2)
Resultado económico bruto / Cifra neta de negocios.
3
a.3)
Gastos de personal / Cifra neta de negocios.
3
a.4)
Cifra neta de negocios / Total activo.
1,5
a.5)
Resultado económico neto / Total activo.
3
a.6)
Resultado económico bruto / Total deuda neta.
3
a.7)
Activo corriente / Total activo.
1,5
a.8)
Fondos propios / Total patrimonio neto y pasivo.
3
a.9)
Deudas a medio y largo plazo / Total patrimonio neto y pasivo.
3
a.10)
Inmovilizado material / Total activo.
3
a.11)
Resultado económico neto / Gastos financieros.
3
a.12)
Coeficiente de riesgo económico-financiero.
1
Umbral de
puntuación
12
Para la aplicación de estos criterios se emplearán las cuentas depositadas en el
Registro Mercantil correspondientes al año 2023 o, en su defecto, 2022.
Si se dictaminase de forma motivada que las cuentas no reflejan la imagen fiel de la
situación de la empresa, el órgano instructor podría realizar correcciones o incluso podría
determinarse su no aceptación global.
Los rangos de puntuación de los subcriterios a.1) a a.11) de la viabilidad económica y
financiera son los siguientes:
a.1) Deudas a corto plazo / Total patrimonio
neto y pasivo.
Valor
Puntuación
Menor que 15 %.
3
Mayor o igual que 15 % y menor
que 30 %.
2,5
Mayor o igual que 30 % y menor
que 50 %.
1,5
Mayor o igual que 50 % y menor
que 60 %.
1
Mayor o igual que 60 %.
0,5
cve: BOE-A-2024-21672
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Criterio/subcriterio