III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-21672)
Orden ITU/1144/2024, de 16 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso de la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores, y se procede a la convocatoria del año 2024 para la sección Ipcei (Proyecto Importante de Interés Común Europeo), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135179

Para dar cumplimiento a estos hitos y objetivos, las ayudas que se regulan en la
orden se articulan a través de dos secciones con convocatorias diferenciadas:
La primera sección, la «general», se focaliza en el impulso de proyectos de I+D
desarrollados dentro de la cadena de valor de la microelectrónica y de los
semiconductores que, a los efectos de esta orden, comprende los segmentos indicados
en el artículo 8.1.b), que abarcan desde el diseño de los chips, hasta su producción,
testeo y encapsulado final, pasando por el suministro de todas las materias primas,
herramientas y equipos altamente especializados necesarios para ello. Los proyectos
que se financien a través de las convocatorias que se efectúen en esta sección no
necesitan estar inscritos en iniciativas o programas paneuropeos concretos.
La segunda sección, la «IPCEI», se centra en el impulso de proyectos desarrollados
específicamente en el marco del IPCEI ME/TC, aprobado por la Comisión Europea
mediante la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio, realizados por participantes
asociados e indirectos en dicho IPCEI, con el objetivo de extender a dichas modalidades
de participación (cuyas características se indican en el anexo I de la orden), el apoyo
previamente ofrecido a los participantes directos nacionales a través de las
convocatorias efectuadas mediante las siguientes órdenes ministeriales:
– la Orden ETD/1236/2023, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a los participantes en proyectos importantes de
interés común europeo (IPCEI) y primera convocatoria, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea - Next
Generation EU, que contribuye al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a la
inversión 5 de la componente 15 (C15.I5) del mismo, y
– la Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el
Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Microelectrónica y Tecnologías de la
Comunicación (IPCEI ME/CT), y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024,
para participantes directos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, que contribuye al cumplimiento de los objetivos CID N.º 185 y 186 asignados
a la inversión 2 del componente 12 (C12.I2).
En el objeto de esta orden se contemplan por tanto las bases reguladoras para la
concesión de ayudas en las dos secciones señaladas, así como la convocatoria de
ayudas a proyectos de la sección IPCEI. Con esta orden, además, se sustituyen las
previsiones de la Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, respecto a los participantes
asociados, previsiones que pasan a integrarse en la sección IPCEI de esta orden, así
como en la convocatoria que se efectúa en su capítulo III.
La Secretaría de Estado de Industria, como entidad ejecutora de las inversiones del
componente 12, «Política Industrial», que tiene como objetivo impulsar la modernización
y la productividad del ecosistema español de industria-servicios mediante una adopción
más rápida de la transición digital y ecológica, verificará el cumplimiento del hito 444 y
del objetivo 445 señalados con un documento resumen que justifique debidamente dicho
cumplimiento.
En virtud de lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y su normativa de desarrollo,
en particular la Guía Técnica de la Comisión Europea sobre la aplicación del principio de
«no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al MRR,
Comunicación de la Comisión (C/2023/111), todas las actuaciones financiadas que se
lleven a cabo en el marco de esta orden deben respetar el llamado principio de «no
causar un perjuicio significativo» al medioambiente (en inglés «do no significant harm»,
por lo que se denomina comúnmente como «principio DNSH»).
Las etiquetas digitales asociadas a los proyectos de las entidades beneficiarias de
las ayudas que se otorguen al amparo de la presente orden son las 010 [Digitalización

cve: BOE-A-2024-21672
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Núm. 255