III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-21562)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Universidad de Granada, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134814

prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y
participación, su rendimiento y las competencias adquiridas.
3) Dotar al estudiante de los medios materiales y servicios disponibles que permiten
garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los
criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social.
4) Observar y hacer observar las medidas de seguridad e higiene establecidas en
el centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al alumnado
dichas medidas.
5) El SEPE se compromete a comunicar a la Universidad cualquier incidencia que
pueda producirse durante la realización de la práctica. El SEPE deberá una vez
finalizada la práctica curricular no remunerada comunicar a la Universidad los días reales
de práctica realizados.
Quinta. Protección de datos y transparencia.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades
actuarán con estricto cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de
carácter personal. También será de aplicación el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el
deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de secreto y
confidencialidad, las medidas de seguridad y el correspondiente Acuerdo de
confidencialidad.
Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las
informaciones a las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente
convenio, pudiendo aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista como
consecuencia del mismo o para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado
en la vigente normativa de protección de datos personales nacional y comunitaria. Dicha
obligación se mantendrá en vigor con posterioridad a la finalización de la prestación de
servicios entre las partes y por un plazo indefinido.
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos,
2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
Universidad de Granada informará a los titulares de los datos personales, del tratamiento
de sus datos personales, así como de la finalidad de los mismos (gestionar los
programas de prácticas pre profesionales, orientación y/o empleo en entidades privadas
u organismos públicos de los estudiantes y egresados universitarios que participan en
los mismos, posibilitando de este modo el acercamiento entre estos y las empresas u
organismos que participan en los programas de la Universidad). Igualmente, informará
que, en caso de ser preseleccionado para una oferta de prácticas o empleo, sus datos
podrán se comunicados a la entidad pública o privada interesada a fin de poder continuar
con el proceso de selección.
Cada parte será responsable del tratamiento de datos personales que efectúe. Así,
los firmantes responderán exclusivamente por las infracciones en las que hubieran

cve: BOE-A-2024-21562
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Núm. 254