III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-21563)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de Parques Nacionales, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española contra el Cáncer, para la realización de actividades de educación ambiental.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134824

Décima. Naturaleza y jurisdicción.
Este convenio es de naturaleza administrativa y está incluido en los definidos en el
artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La resolución de las diferencias de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir
en su ejecución corresponderá a la comisión de seguimiento.
En defecto de acuerdo serán resueltas conforme a lo previsto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Undécima.

Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener
acceso con la finalidad indicada en el presente convenio, de acuerdo con las previsiones
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales así como las del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, a no utilizarlos
para fines distintos de los previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a
terceros. Asimismo, garantizarán que los titulares de los datos puedan ejercer sus
derechos de acceso, rectificación, cancelación, supresión, limitación de su tratamiento y
oposición.
De conformidad con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio podrá ser
accesible a los ciudadanos, mediante las diferentes plataformas de difusión existentes
para esta finalidad, todo ello en aras al interés público en la divulgación de la
información.
Las partes se obligan a que toda la información contenida en el presente convenio y
la que se derive de él, será conservada en estricta confidencialidad por cada una de
ellas, y deberá ser utilizada únicamente para los fines para los que fue suministrada y no
deberá ser divulgada o revelada a terceros.
El deber de confidencialidad surtirá efectos durante la vigencia del presente acuerdo,
e incluso una vez terminado, extinguido, resuelto o rescindido, por la causa que fuere.
En particular, ambas partes se comprometen a:

Todos los datos facilitados por las partes se considerarán información confidencial.
En consecuencia, las partes se obligan a guardar secreto profesional respecto de dichos
datos, procediendo a la devolución de la citada documentación una vez finalizada la
relación entre ambas.
Queda excluida del deber de secreto y confidencialidad toda información que sea de
conocimiento público; la que haya sido recibida de terceras personas con anterioridad al
presente convenio; la que se haga pública sin mediar culpa de las partes, así como la
que deba ser comunicada a las autoridades administrativas o judiciales o al público en
cumplimiento de la normativa vigente.
Los datos personales de los firmantes de este convenio serán tratados por la otra
Parte con la finalidad y legitimación de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la
relación convencional, conservándose los datos durante todo el tiempo en que esta
subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades

cve: BOE-A-2024-21563
Verificable en https://www.boe.es

– Guardar con toda la diligencia posible la confidencialidad de aquella información
que, con motivo de la ejecución de este convenio pudiera ser utilizada por cada una de
las partes con terceros ajenos a este. A hacer uso de la información confidencial sólo y
exclusivamente para los fines específicos para los que la haya recibido.
– No copiar, reproducir o utilizar la información confidencial para otros fines que no
sean los del compromiso en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este
convenio y otros asuntos directamente relacionados con el mismo.