III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-21589)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para ejecutar las actividades de tipo académico y administrativo en el IV Congreso de la Red de Universidades Serranía Celtibérica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134968

La Fundación UNED remitirá a la UNED, en el plazo máximo de un mes desde la
finalización del Congreso, la siguiente documentación justificativa:
– Memoria económica, que comprenderá facturas y otros documentos justificativos
acreditativos del gasto producido en la realización del Congreso, por el importe de la
aportación económica realizada por la UNED.
Dentro de dicha Memoria se incluirá la compensación a la Fundación UNED por los
gastos de gestión que haya soportado en la realización de esta encomienda, que se fijan
en un 10 % (mil quinientos euros, 1.500 €).
– Breve memoria social del Congreso, que incluirá, entre otras cuestiones, los datos
y aspectos generales de su organización, el número de participantes o asistentes y
porcentaje de estos que son personas con discapacidad, fotografías, soportes
informativos (programas, carteles y difusión, etc.), así como cualquier otro solicitado por
el Comité Organizador.
– El saldo restante, si lo hubiere, una vez pagados todos los gastos de organización
del Congreso y descontados lo honorarios de la Fundación UNED, se reintegrarán a la
UNED.
Cuarta.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada se extenderá hasta el día 31 de
octubre de 2024.
Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, el presente acuerdo
podrá ser prorrogado o revocado, a propuesta de cualquiera de las partes, por acuerdo
expreso de estas.
Quinta.
La entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento
de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de
protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
Se adjunta como anexo I las cláusulas que deberá tener en cuenta la Fundación
UNED, como encargada del tratamiento, para tratar por cuenta del responsable, los
datos de carácter personal a los que tenga acceso para prestar el servicio objeto de la
presente encomienda.
Sexta.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Vicerrectorado de Formación
Permanente y Extensión Universitaria.

Es responsabilidad del Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión
Universitaria dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los
que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de
gestión.
El Comité Organizador será el encargado de comprobar la correcta ejecución de la
presente encomienda.
Madrid, a la fecha de la firma electrónica.–Ricardo Mairal Usón, Rector de la UNED.–
Gustavo Rovira Salinas, Director Gerente de la Fundación UNED.

cve: BOE-A-2024-21589
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Séptima.