III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-21574)
Resolución de 10 de octubre de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para el apoyo de los fines y actividades del museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 134874

Ámbitos de colaboración.

2.1 La relación de colaboración entre las Partes podrá referirse a los ámbitos que a
continuación se detallan, según las siguientes líneas de trabajo de la Fundación:
– Contribución al incremento de las colecciones: La Fundación desarrollará como
actividad principal, aquellas acciones destinadas a la adquisición de obras de arte
contemporáneo, con el fin de incrementar las colecciones del MNCARS, ya sea mediante
acuerdos de cesión temporal indefinida (comodato) al MNCARS o de su posterior
donación al Museo.
– Redes de colaboración: La Fundación podrá impulsar el establecimiento de redes
de cooperación con museos, colectivos artísticos y centros de producción y divulgación
de arte contemporáneo, nacionales e internacionales.
– Formación y divulgación: La Fundación podrá apoyar la organización de actividades
formativas y divulgativas, tales como conferencias, cursos, seminarios, talleres, ciclos
audiovisuales, conciertos, programas de artes escénicas y, en general, todas aquellas
actividades del MNCARS que promocionen el arte contemporáneo en sus diversas
manifestaciones.
– Generación de ingresos: La Fundación podrá ayudar y potenciar la mejora e
incremento de las diversas fuentes de ingresos propios del MNCARS, existentes y
futuras, con el fin de aumentar el porcentaje de autofinanciación del Museo y de
proponer mecanismos viables para mejorar cualitativa y cuantitativamente la generación
de tales recursos.
– Otros ámbitos: Las Partes podrán estudiar cualquier otra forma de colaboración
que contribuya a la consecución de los respectivos objetivos enunciados en la parte
expositiva y la cláusula primera del Convenio.
2.2 Para el desarrollo de las actividades descritas en el apartado precedente, el
personal respectivo de cada una de las Partes firmantes trabajará de manera coordinada
y colaborarán para el adecuado desarrollo de tales líneas de trabajo.
2.3 En los ámbitos de colaboración descritos en esta cláusula y bajo el marco del
objeto de este convenio, el MNCARS asumirá los siguientes compromisos:
a) Cesión, sin coste para la Fundación, de uso de un espacio estable, además
del necesario para la realización ocasional de reuniones de los órganos de gobierno
de la FMRS.
b) Descuentos en los servicios concesionarios del Museo como librería, tienda,
restaurantes, audioguías, entre otros.
c) Invitaciones para acceso gratuito para los miembros de la Fundación y un
acompañante.
d) Inclusión de un apartado informativo en la web del museo para la Fundación, así
como en la memoria anual del museo.
e) Entrega de catálogos y publicaciones propias del museo para cada uno de los
miembros de la Fundación y posibles donantes.

a) Enriquecimiento de las colecciones del Museo mediante el depósito indefinido de
todas las adquisiciones de la FMRS o mediante la donación
b) Colaboración en posibles proyectos que sean de interés del Museo y que estén
alineados con la misión de la FMRS
2.5 Los compromisos y acciones concretas a desarrollar por cada una de las
Partes, para el caso de los proyectos a los que se refiere la letra b) del apartado anterior,
se determinarán en los correspondientes convenios específicos de ejecución, en los que
se reflejarán pormenorizadamente las acciones concretas a desarrollar y las obligaciones

cve: BOE-A-2024-21574
Verificable en https://www.boe.es

2.4 En los ámbitos de colaboración descritos en esta cláusula y bajo el marco del
objeto de este convenio, la Fundación asumirá, entre otros los siguientes compromisos: