III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-21581)
Resolución de 10 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el desarrollo del Marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024
b)

Sec. III. Pág. 134910

Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:

Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a los
mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan
las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, modificado por el Real
Decreto 675/2023, de 18 de julio.
Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las
prestaciones económicas.
Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la
población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de «teleasistencia avanzada».
Adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de
cuidados representado de atención integral centrada en la persona en consonancia con
el vigente Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de centros y
servicios.
Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.
c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras
en el SAAD mediante:
Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades
privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los
servicios y en la calidad del empleo.
Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados
de la formación para la profesionalización del sector.

3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos
a que se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación del Principado de
Asturias a la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar la
autonomía personal, destinadas a apoyar a la persona con ayudas técnicas o
instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria, y a
facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su
capacidad de desplazamiento en la vivienda.
Cuarta.

Objetivos a cumplir por el Principado de Asturias en el año 2024.

1. Este convenio que desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa recoge
los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y prestaciones del

cve: BOE-A-2024-21581
Verificable en https://www.boe.es

d) Actuaciones en coherencia con los criterios de acreditación y calidad en los
centros y servicios del SAAD aprobados por el Acuerdo de Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre
criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD del 28 de
junio de 2022.
e) Fomento de la asistencia personal en los términos contenidos en el Acuerdo por
el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia
personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (Acuerdo de 12 de
mayo de 2023).
f) Adopción de soluciones innovadoras testeadas en los proyectos piloto de
innovación en prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y
modernización de los servicios sociales en el marco del Componente 22 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones
contenidas y los acuerdos y que deberán constar en el anexo I de este convenio.