III. Otras disposiciones. CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-21484)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., por la que se publica la prórroga y modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la atribución del ejercicio de la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Sábado 19 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134493

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO
21484

Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., por la que se publica la prórroga y
modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la
atribución del ejercicio de la competencia para la resolución de las
reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

El artículo 38, número 2, letra c), de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), encomienda a la
Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., entre otras, la función
de conocer de las reclamaciones que se presenten en aplicación de su artículo 24.
Por su parte, disposición adicional 4.ª de la LTAIBG, establece que la resolución de la
reclamación prevista en su artículo 24 corresponderá al órgano independiente que
determinen las Comunidades Autónomas en los supuestos de resoluciones dictadas por
las Administraciones y el sector público de éstas, y por las Entidades Locales
comprendidas en su ámbito territorial.
La Ley 3/2014 de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja en su artículo 18
establece que será competente para conocer de la reclamación previa frente a las
resoluciones expresas o presuntas de las solicitudes de derecho de acceso a la
información pública el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno integrado en la
Administración General del Estado conforme a lo establecido en el apartado 2 de la
disposición adicional cuarta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
En desarrollo de las anteriores previsiones normativas, el Consejo de Transparencia
y Buen Gobierno, A.A.I. y la Consejería de Presidencia y Gobernación suscribieron el 7
de octubre de 2024 una prórroga del convenio de colaboración citado al inicio de esta
resolución que, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 7 de octubre de 2024,
debe ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado» según determina el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En su virtud, esta Presidencia resuelve remitir al «Boletín Oficial del Estado» para su
publicación la prórroga del convenio suscrito, con fecha del 27 octubre de 2020 entre el
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Comunidad Autónoma de La Rioja
(Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del
Gobierno) por el que se atribuye al Consejo la competencia para la resolución de las
reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

cve: BOE-A-2024-21484
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 7 de octubre de 2024.–El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, A.A.I., José Luis Rodríguez Álvarez.