III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-21476)
Resolución 420/38412/2024, de 11 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas Instaladoras y Mantenedoras de Energía y Fluidos, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al ámbito laboral civil de personal militar y de los reservistas de especial disponibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Sábado 19 de octubre de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 134431

Actuaciones del Ministerio de Defensa.

a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de habilitación de los militares
para su incorporación al ámbito laboral civil y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo, de formación u otras actividades, a través de
la plataforma de Salidas Profesionales de los miembros de las Fuerzas
Armadas (SAPROMIL), o de los medios internos de información del Ministerio de Defensa.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para los militares
seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se
establezcan.
d) Designar un interlocutor con la CONAIF para el seguimiento del convenio.
Tercera. Actuaciones de la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas
Instaladoras y Mantenedoras de Energía y Fluidos.
a) Comunicar y difundir entre sus empresas asociadas, a través de sus
organizaciones miembros, el contenido de este convenio, para favorecer el cumplimiento
de sus objetivos, y promover su objeto, en aras de facilitar la incorporación del personal
militar y los reservistas de especial disponibilidad al ámbito laboral civil.
b) Propiciar la identificación, por parte de las empresas asociadas, de puestos de
trabajo susceptibles de ser ofertados al personal militar objeto de este convenio, para
facilitar su incorporación laboral con sujeción a la normativa vigente. Las empresas
inscribirán las ofertas de empleo que consideren oportunas en la plataforma SAPROMIL
(www.sapromil.es).
c) Facilitar información sobre los cursos de formación programados por la CONAIF,
a través de sus organizaciones miembros, de las publicaciones y programas informáticos
de la biblioteca técnica de la CONAIF; así como de los servicios ofrecidos por la Entidad
de Certificación CONAIF-SEDIGAS Certificación, SL, por si fueran de interés para el
personal militar al que se refiere este convenio.
d) Propiciar la comunicación entre el Ministerio de Defensa y las empresas que
la CONAIF identifique como potenciales empleadores de personal militar, potenciando
las prácticas profesionales en las empresas, mediante contratos para la formación y el
aprendizaje u otras modalidades contractuales.
e) Colaborar en las campañas de concienciación sobre el valor añadido de la
contratación de personal militar dentro de la empresa privada, incluidos los beneficios a
la contratación, mediante el uso de redes sociales, publicaciones, circulares u
organización de jornadas a nivel territorial o sectorial que ambas partes pudieran
acordar.
f) Colaborar en cualquier iniciativa destinada a la integración laboral del personal
militar y de los reservistas de especial disponibilidad que ambas partes pudieran acordar
de mutuo acuerdo.
g) Designar un interlocutor con el Ministerio de Defensa para el seguimiento del
convenio.
Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Este convenio no implica por sí mismo obligación alguna de contenido económico
para ninguna de las partes. Por lo tanto, no generará ni dará lugar a contraprestaciones
financieras que requieran, en su caso, de otros acuerdos y formalidades, ni supondrá
coste económico adicional.
Quinta.

Vigencia del convenio.

Conforme establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, el convenio se perfeccionará por la prestación del
consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días

cve: BOE-A-2024-21476
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.