III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-21477)
Resolución de 2 de octubre de 2024, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Sábado 19 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134440

el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las
partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
convenio, sin perjuicio de dar cumplimiento, siempre que fuera posible, a aquellos
trámites de certificación, y demás administrativos y académicos, de repercusión directa a
los alumnos.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Del conocimiento de los recursos contra el presente convenio conocerá la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con en el
artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Duodécima.
De acuerdo con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, la eficacia del presente convenio quedará aplazada hasta
que sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima
de la citada ley, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
El convenio entrará en vigor tras la inscripción y publicación mencionadas en el
párrafo anterior y su duración será de cuatro años, prorrogable por acuerdo unánime de
los firmantes, por un período adicional de hasta cuatro años más o su extinción.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Decimotercera.
Para la firma del presente convenio se ha obtenido la autorización previa del
Ministerio de Hacienda a la que se refiere el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015.
Asimismo, será necesaria la autorización previa de dicho Departamento ministerial para
su modificación, prórroga y resolución por mutuo acuerdo entre las partes.

cve: BOE-A-2024-21477
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado
ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la
Universidad de Castilla-La Mancha, la Vicerrectora de Innovación, Empleo y
Emprendimiento, Ángela González Moreno.–Por el Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., la Directora, Áurea Perucho Martínez.