III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. (BOE-A-2024-21367)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publican las normas de gestión y funcionamiento del Consejo de Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Viernes 18 de octubre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
21367

Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría
de Pontevedra, por la que se publican las normas de gestión y
funcionamiento del Consejo de Administración.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra,
en sesión ordinaria celebrada el 26 de septiembre de 2024, acordó unánimemente aprobar
las nuevas normas de gestión y funcionamiento de dicho órgano colegiado.
Para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a la
publicación de las referidas normas, que figuran como anexo a esta resolución.
Marín, 8 de octubre de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría
de Pontevedra, José Benito Suárez Costa.
ANEXO
Normas de gestión y reglas de funcionamiento interno del Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra
1.

Constitución

Para la válida constitución del Consejo de Administración a efectos de celebración de
sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a
distancia y personalmente o por representación, de, al menos, la mitad más uno de la
totalidad de sus miembros, y en todo caso, del Presidente, o quien le sustituya y el
Secretario.
Los Vocales podrán conferir a otro miembro del Consejo su representación por
escrito y para cada sesión. Si hiciesen uso de esta facultad, los Vocales representados
deberán comunicar esta circunstancia, indicando el nombre del Vocal representante, al
Secretario del Consejo de Administración antes de iniciar la respectiva sesión.
Los Vocales representados mantendrán derecho a percibir las cantidades que les
correspondan en concepto de miembros del Consejo.
Convocatorias

La convocatoria de las sesiones del Consejo de Administración corresponde al
Presidente de la Autoridad Portuaria, procediendo a continuación el Secretario a la
citación de los restantes miembros con una antelación mínima de setenta y dos horas,
adjuntando el orden del día y copia del acta de la sesión anterior. La comunicación podrá
realizarse por cualquier medio que permita dejar constancia de la recepción.
En la citación se indicarán las condiciones en las que se va a celebrar la sesión, el
sistema de conexión para quienes asistan a distancia y, en su caso, los lugares en que
estén disponibles los medios técnicos necesarios para asistir y participar en la reunión.
La fijación del orden del día le corresponde al Presidente teniendo en cuenta, si es el
caso, las peticiones de los restantes miembros, que deben ser formuladas con una
antelación mínima de cinco días hábiles a la celebración del Consejo.
Las convocatorias de las sesiones podrán ser por propuesta de la quinta parte de los
miembros del Consejo de Administración, adjuntando el orden del día de la reunión.

cve: BOE-A-2024-21367
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2.