III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-21386)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Aboño Generaciones Eléctricas, SL, autorización administrativa previa para el proyecto de conversión a gas del Grupo 2 del Centro de Producción Térmica de Aboño, en Carreño y Gijón (Asturias).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Viernes 18 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134089

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Aboño Generaciones Eléctricas,
SL, autorización administrativa previa para el proyecto de conversión a gas
del Grupo 2 del Centro de Producción Térmica de Aboño, en Carreño y Gijón
(Asturias).

EDP España, SAU, solicitó, con fecha 20 de julio de 2023, evaluación de impacto
ambiental simplificada y autorización administrativa previa de modificaciones para la
conversión a gas del Grupo 2 del Centro de Producción Térmica de Aboño y a una
potencia neta del grupo de 494 MWe, en los términos municipales de Carreño y Gijón, en
Asturias.
Mediante Resolución de 7 de enero de 1980 de la Dirección General de la Energía,
se otorgó a Hidroeléctrica del Cantábrico S.A. autorización administrativa para la
ampliación de la central termoeléctrica de Aboño 2, en el Valle de Aboño, a unos 2,5
kilómetros del puerto de Musel (Gijón), publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
número 47, de 23 de febrero de 1980.
Mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de
fecha 29 de mayo de 2023 se autoriza la transmisión de titularidad de los grupos 1 y 2
de la Central Térmica de Carbón de Aboño, cuya propiedad y titularidad es de EDP
España, SA, a favor de Aboño Generaciones Eléctricas, SLU (en adelante Aboño
Generaciones). Y se dispone un plazo de seis meses para transmitir la titularidad de la
instalación.
Mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de
fecha 27 de noviembre de 2023, se procede a modificar a favor de Aboño Generaciones
la inscripción en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía
Eléctrica de los grupos 1 y 2 de la Central Térmica de Aboño recogidos en la Sección
Primera (régimen ordinario) con los números RO1-0001 y RO1-0002 respectivamente, a
favor de Aboño Generaciones Eléctricas.
La instalación de producción Aboño 2, de 561,88 MW, está inscrita en el Registro
Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica con el código
RO1-0002.
La propuesta de modificación de la instalación consiste en modificar el grupo
generador convencional para dotar a la caldera con la capacidad necesaria para quemar
gas de horno alto, gas natural y pequeñas cantidades de hidrógeno verde, eliminando la
capacidad de quemar carbón en la caldera. Para el arranque y estabilización del grupo
se utilizará gas natural, que sustituirá al gasóleo utilizado actualmente.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Asturias y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 127
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Carreño, en la que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho
organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.

cve: BOE-A-2024-21386
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