III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Becas. (BOE-A-2024-21388)
Orden ECM/1134/2024, de 17 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas Fulbright por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y se convocan, por tramitación anticipada, tres becas para el curso 2025/2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Viernes 18 de octubre de 2024
Artículo 8.

Sec. III. Pág. 134099

Órganos competentes en el procedimiento de selección.

1. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento será el
Gabinete Técnico de la Subsecretaría, quien elevará la propuesta de resolución a la
persona titular del Ministerio.
2. La propuesta del Gabinete Técnico se deberá basar en el informe del Comité de
Selección al que se refiere el punto siguiente.
3. El Comité de Selección estará formado por:
a) Presidencia: la persona titular del gabinete de la Subsecretaría del Ministerio de
Economía, Comercio y Empresa.
b) Vocalías:
– Tres vocales con nivel de Subdirector General designados por la persona titular de
la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa, a propuesta conjunta de las
personas titulares de las Secretarías de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y de
Comercio.
– Dos vocales designados por el Director Ejecutivo de la Comisión Fulbright.
c) Secretaría: un funcionario, que desempeñe un puesto de trabajo de nivel 30, de
la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, designado por la
persona titular de esta, con voz, pero sin voto.
Se designarán, del mismo modo, los suplentes de los vocales titulares.
La designación de los vocales del Comité se realizará de acuerdo con el principio de
presencia equilibrada entre mujeres y hombres establecido por la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, salvo por razones
fundadas y objetivas, suficientemente motivadas.
El funcionamiento de dicho Comité de Selección será atendido con los medios
personales, técnicos y presupuestarios de la Subsecretaría del Ministerio Economía,
Comercio y Empresa.
El régimen jurídico del Comité de Selección se ajustará a lo previsto en la sección 3.ª
del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Artículo 9. Procedimiento de selección.

a) Primera fase: prueba eliminatoria de inglés. El solicitante deberá realizar la
prueba de idioma inglés que se determine en cada convocatoria por el órgano
concedente. Quedará exento de la realización de dicha prueba el solicitante que
presente uno de los exámenes de inglés especificados en cada convocatoria, con la
puntuación y fecha de examen requeridas. Si el interesado opta a un programa de
titulación o certificación, una vez admitido como candidato, se le podrán solicitar nuevas
pruebas de inglés.
b) Segunda fase: quienes hayan superado la primera fase deberán realizar una
entrevista personal con los miembros del Comité de Selección. En dicha entrevista se
valorarán los siguientes puntos:
1.º La exposición oral del proyecto y la defensa de la memoria presentada, que
supondrá el 40 por ciento de la nota final.
2.º Plan de aplicación de los objetivos de la formación en el puesto de trabajo de
origen, que supondrá el 40 por ciento de la nota final.

cve: BOE-A-2024-21388
Verificable en https://www.boe.es

1. En la intranet del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa se publicarán los
acuerdos que aprueben la relación de candidatos admitidos al proceso selectivo,
convocando a los mismos a la realización de las pruebas de cada fase, así como los
relativos a los resultados.
2. La selección se llevará a cabo en dos fases, cada una de ellas eliminatoria: