III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-21376)
Orden APA/1133/2024, de 9 de octubre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos forrajeros, comprendido en el correspondiente de Plan de Seguros Agrarios Combinados.
<< 16 << Página 16
Página 17 Pág. 17
-
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Viernes 18 de octubre de 2024

Cultivos

Seguro

Sec. III. Pág. 134035

Inicio de suscripción

Final suscripción

15-11

20-12

Principal.
Complementario 1. corte.

15-04 (1)

er

Alfalfa (Forraje y semilla) Área I.

Complementario 2.º corte.

25-05 (1)

01-03 (1)

Complementario semilla.
Resto de cultivos forrajeros (2) (3).

31-07 (1)

Principal (CCAA de Aragón, Castilla y
León, Cataluña, La Rioja y Navarra).

31-03 (1)

15-11

Principal (Resto CCAA).

28-02 (1)

Semilla de alfalfa Área II.

Principal.

01-02 (1)

30-06 (1)

Resto de semillas forrajeras.

Principal.

01-02 (1)

31-08 (1)

(1) Correspondiente al año siguiente al inicio de suscripción de la línea.
(2) Incluye forraje de alfalfa Área II, paja de cereales de invierno y pastos aprovechables a diente.
(3) Si el asegurado poseyera parcelas destinadas a distintos cultivos forrajeros situadas en diferentes ámbitos, la formalización del seguro con inclusión de
todas ellas deberá efectuarse dentro del plazo que antes finalice de entre los anteriormente fijados.

Módulo P.
Cultivos

Inicio de suscripción

Maíz forrajero Área I.
Maíz forrajero Área II.
Alfalfa (Forraje y semilla) Área I.

15-07 (1)
01-03 (1)
15-06 (1)

Resto de cultivos forrajeros (2).
Semilla de alfalfa Área II.
Resto de semillas forrajeras.

01-02 (1)

30-06 (1)
31-08 (1)

Correspondiente al año siguiente al inicio de suscripción de la línea.
Incluye forraje de alfalfa Área II, paja de cereales de invierno y pastos aprovechables a diente.

cve: BOE-A-2024-21376
Verificable en https://www.boe.es

(1)
(2)

Fin suscripción

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X