III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-21376)
Orden APA/1133/2024, de 9 de octubre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos forrajeros, comprendido en el correspondiente de Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Viernes 18 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134031

ANEXO II
Características mínimas de las instalaciones
II.1 Generales.
El asegurado deberá mantener en perfecto estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de mantenimiento
necesarios para evitar la agravación del riesgo.
Para que las instalaciones que hayan superado la edad máxima asegurable, puedan
ser aseguradas, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que aun habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas establecidas
en este anexo.
Esta certificación tendrá una validez de dos años.
Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya superado
la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada, AGROSEGURO
comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia, dando un plazo de 15 días
para que se reciba en AGROSEGURO dicho certificado. A partir de este plazo, si no se ha
recibido la certificación, AGROSEGURO procederá a excluir las instalaciones de la
declaración de seguro y a devolver la prima integra de las mismas.
II.2

Específicas.

Cabezal de riego.
Serán asegurables únicamente los cabezales de riego con una edad no superior a 20
años. En particular las bombas y motores serán asegurables si tienen una edad no superior
a 10 años.
Red de riego.
Serán asegurables únicamente las redes de riego con una edad no superior a 20 años.
En particular las bombas y motores serán asegurables si tienen una edad no superior
a 10 años.
ANEXO III
Clasificación del ámbito de aplicación para el maíz forrajero
Área I
Comarca

Provincia

A Coruña.

Todas.

Lugo.

Todas.

Ourense.

Todas.

Asturias.

Todas.

Cantabria.

Todas.

Bizkaia.

Todas.

Gipuzkoa.

Todas.

Navarra.

Cantábrica-Baja Montaña.

cve: BOE-A-2024-21376
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Pontevedra. Todas.