II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-21279)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 133310

c) En el supuesto de personas aspirantes exentas del pago de los derechos de examen
por discapacidad, deberán agregar copia del certificado acreditativo de la misma, expedido
por el órgano competente de la Administración del Estado o comunidad autónoma.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de las personas interesadas.
3.8 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos
de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona interesada tanto los
errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Universidad de Murcia
de cualquier cambio de dicho domicilio a efectos de notificación.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector o Rectora dictará
resolución en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de
personas aspirantes admitidas y excluidas a los distintos concursos de acceso. Dicha
resolución, junto con las listas, así como las causas de exclusión, se publicará en el
tablón oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), dirección electrónica: https://
sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam, apartado «Oposiciones y Concursos, Personal
Docente e Investigador» y en la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM
PDI», accesible en la URL: https://convocum.um.es/.
Dicha resolución concederá un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de
su publicación, para la presentación de reclamaciones y para la subsanación de defectos
de acreditación de requisitos de admisibilidad.
Las personas excluidas presentarán las subsanaciones en PDF a través de la
aplicación web «CONVOCUM PDI», página principal –Módulo «Portal del solicitante»
mediante firma electrónica a través de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia
utilizando los distintos medios al efecto (certificado electrónico, cuenta UM, etc.). Las
reclamaciones por omisión de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas
se realizarán a través del Registro Electrónico de la Universidad de Murcia, mediante
instancia básica en la que se señalará como unidad de destino el área de Recursos
Humanos.
4.2 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones o subsanaciones presentadas y
resueltas las mismas, el Rector o la Rectora dictará resolución aprobando la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en los lugares indicados
en el punto anterior.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión,
justificando el derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de participación en los supuestos
de exclusión por causa imputable a la persona interesada.
5.

Comisión de selección

5.1 Las comisiones estarán formadas por las personas que figuran en anexo II de la
convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en
los artículos 16, 17 y 18 del reglamento regulador.
La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición
equilibrada que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de
promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y
valoración, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas. Se
entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que,
en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por
ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.

cve: BOE-A-2024-21279
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Núm. 251