II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-21279)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 133316
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad. Este informe
podrá ser realizado, previa citación de las personas aspirantes al efecto, por la unidad
que tenga encomendadas las funciones sobre prevención de riesgos laborales de la
Universidad de Murcia. A tal efecto, las pruebas médicas oportunas podrán ser
realizadas por las entidades colaboradoras.
c) Título de Doctora o Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por el Rector
de la Universidad de Murcia, solo si manifestó su oposición a su obtención por la
Universidad de Murcia.
d) Declaración responsable de no haber sido separada o separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos
que se señalen en las bases de la convocatoria para participar en el concurso de acceso, en
el caso de que no conste dicha información en la Universidad de Murcia.
f) Las personas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera
en activo estarán exentas de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del ministerio y organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de funcionario o funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios
exigibles en la convocatoria.
8.2 El nombramiento como funcionario o funcionaria docente de carrera será
efectuado por el Rector o la Rectora, con posterioridad a que la persona candidata
propuesta haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en el punto
anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y Área o
Especialidad de Conocimiento y su código de plaza en la Relación de Puestos de
Trabajo. Los nombramientos y tomas de posesión serán comunicados al/la Directora/a
Gerente del Servicio Murciano de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia a los solos efectos de la plaza asistencial vinculada al Hospital Universitario que
se corresponda con la plaza/s que figuran en el anexo I de la presente convocatoria, al
correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal
e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
8.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el BOE, el/la concursante propuesto/a deberá tomar
posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario/a de
carrera del cuerpo docente que corresponda, con los derechos y deberes que le son
propios.
8.4 Con independencia de que la vinculación es de Facultativo/a Especialista de
Área (FEA) con Profesor/a Titular de Universidad de acuerdo con el concierto, no
obstante, si la persona aspirante, por los procedimientos de provisión establecidos en el
SMS, obtuviese o hubiese obtenido un puesto asistencial de mayor categoría (Jefe/a de
Servicio, Jefe/a de Sección), en caso de obtener la plaza, podrá continuar en el
desempeño de la misma con el puesto asistencial de mayor categoría.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
distinta en la Universidad de Murcia u otra universidad.
cve: BOE-A-2024-21279
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 251
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 133316
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad. Este informe
podrá ser realizado, previa citación de las personas aspirantes al efecto, por la unidad
que tenga encomendadas las funciones sobre prevención de riesgos laborales de la
Universidad de Murcia. A tal efecto, las pruebas médicas oportunas podrán ser
realizadas por las entidades colaboradoras.
c) Título de Doctora o Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por el Rector
de la Universidad de Murcia, solo si manifestó su oposición a su obtención por la
Universidad de Murcia.
d) Declaración responsable de no haber sido separada o separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos
que se señalen en las bases de la convocatoria para participar en el concurso de acceso, en
el caso de que no conste dicha información en la Universidad de Murcia.
f) Las personas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera
en activo estarán exentas de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del ministerio y organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de funcionario o funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios
exigibles en la convocatoria.
8.2 El nombramiento como funcionario o funcionaria docente de carrera será
efectuado por el Rector o la Rectora, con posterioridad a que la persona candidata
propuesta haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en el punto
anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y Área o
Especialidad de Conocimiento y su código de plaza en la Relación de Puestos de
Trabajo. Los nombramientos y tomas de posesión serán comunicados al/la Directora/a
Gerente del Servicio Murciano de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia a los solos efectos de la plaza asistencial vinculada al Hospital Universitario que
se corresponda con la plaza/s que figuran en el anexo I de la presente convocatoria, al
correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal
e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
8.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el BOE, el/la concursante propuesto/a deberá tomar
posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario/a de
carrera del cuerpo docente que corresponda, con los derechos y deberes que le son
propios.
8.4 Con independencia de que la vinculación es de Facultativo/a Especialista de
Área (FEA) con Profesor/a Titular de Universidad de acuerdo con el concierto, no
obstante, si la persona aspirante, por los procedimientos de provisión establecidos en el
SMS, obtuviese o hubiese obtenido un puesto asistencial de mayor categoría (Jefe/a de
Servicio, Jefe/a de Sección), en caso de obtener la plaza, podrá continuar en el
desempeño de la misma con el puesto asistencial de mayor categoría.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
distinta en la Universidad de Murcia u otra universidad.
cve: BOE-A-2024-21279
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 251