II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-21279)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 133315

asignación de puntuación numérica global del concurso referida al baremo aplicado y la
indicación de aptitud o no aptitud para la plaza, sin que sea posible la abstención del
desempeño de la tarea evaluadora por los miembros de la comisión.
La propuesta de adjudicación se publicará en el TOUM, en la aplicación
«CONVOCUM PDI», y en el tablón de anuncios del lugar donde se hayan realizado las
pruebas del concurso.
Formulada la propuesta, el Secretario o la Secretaria de la comisión, en el plazo de
tres días hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones, remitirá
electrónicamente al Servicio de PDI del Área de Recursos Humanos el expediente
administrativo del concurso, incluida la documentación aportada por los/las
candidatos/as que no hayan subido a «CONVOCUM PDI», que una vez finalizado el
concurso y firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta si así lo solicitan, salvo
que se interponga recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya
resolución firme.
La documentación que no haya sido subida a «CONVOCUM PDI» será conservada
un mínimo de tres meses desde que la resolución adquirió firmeza.
Transcurridos tres meses adicionales sin que los interesados/as hubiesen retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
Los/Las concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
los miembros de la comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias en formato electrónico, mediante solicitud dirigida a la Secretaría General de la
Universidad.
7.2 Contra la propuesta de provisión realizada por la comisión de selección, los/las
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector o Rectora en el plazo máximo
de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación. Admitida a
trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades y plazos previstos, se
suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
La reclamación será valorada por la comisión de reclamaciones de la Universidad,
que estará compuesta según lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Murcia.
La comisión de reclamaciones podrá solicitar un informe a los miembros de la
comisión de selección contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación. La
comisión de reclamaciones examinará el expediente relativo al concurso para velar por
las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo
de tres meses, tras lo que el Rector o Rectora dictará la resolución. El transcurso del
plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las propuestas de la comisión de reclamaciones serán vinculantes para el Rector o
Rectora, cuyas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y frente a ellas podrá
interponerse recurso potestativo de reposición o bien ser recurridas directamente ante la
Jurisdicción competente.
En el caso de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios, se podrá
recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la publicación de la
propuesta de provisión de la comisión de selección sin haberse presentado ninguna o,
en el supuesto de reclamaciones, cuando las mismas hayan sido resueltas, se requerirá
a los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de la plaza para que, en el plazo
de diez días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
presenten en el Servicio de PDI de la Universidad los siguientes documentos, en caso de
que no los hubieran aportado con anterioridad:
a) Documento Nacional de Identidad, solo si manifestó su oposición a su obtención
por la Universidad de Murcia, o, en su caso, del documento equivalente (NIE, pasaporte
u otro) de ser su nacionalidad distinta de la española.

cve: BOE-A-2024-21279
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Núm. 251