I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Política Agrícola Común. (BOE-A-2024-21124)
Real Decreto 1059/2024, de 15 de octubre, por el que se modifican diversos reales decretos que regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y su intervención sectorial, la Intervención Sectorial Vitivinícola y la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Miércoles 16 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 132793

Importe de ayuda (€/100 kg)

«Producto

Distribución gratuita

Otros destinos

108,58

81,43

Kiwi.

40,10

30,08

Mora.

289,42

217,06

Lechuga.

33,44

25,08

Nabo, nabicol y chirivía.

16,63

12,48

Níspero.

91,59

68,69

Papaya.

46,31

34,73

Paraguaya, platerina y melocotón plano.

52,02

39,02

Pepino.

30,10

22,57

Pimiento.

44,90

33,68

Puerro.

46,50

34,87

Repollo, col.

32,09

24,07

Zanahoria.

22,14

16,60»

Judía verde.

Doce.

Se inserta un nuevo anexo VI con el siguiente contenido:
«ANEXO VI

Gastos de transporte para las retiradas con destino la distribución gratuita,
por categoría de frutas y hortalizas
Importe (€/t)
A

B

C

Igual o inferior a 25 km.

12,44

9,44

7,60

Superior a 25 km pero inferior o igual a 200 km.

38,29

29,05

23,40

Superior a 200 km pero inferior o igual a 350 km.

64,14

48,66

39,20

Superior a 350 km pero inferior o igual a 500 km.

95,16

72,19

58,16

Superior a 500 km pero inferior o igual a 750 km.

136,52

103,57

83,43

i)

Categoría A.

Acelga, ajo, alcachofa, apio, arándano, berenjena, brócoli, champiñón,
escarola, espárrago, espinaca, frambuesa, fresa, granada, haba verde, higo
fresco, judía verde, lechuga, mora, nabo, nabicol y chirivía, pimiento y puerro.

Albaricoque, cereza, ciruela, kiwi, melocotón, nectarina, níspero, papaya,
paraguaya, pera, platerina y melocotón plano, y uva de mesa.
iii)

Categoría C.

Calabacín, calabaza, caqui, cebolla, clementina, coliflor, híbridos de pequeños
cítricos, limón, mandarina, manzana, melón, naranja, pepino, repollo/col, sandía,
satsuma, tomate y zanahoria.»

cve: BOE-A-2024-21124
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ii) Categoría B.