III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-21119)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Martes 15 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 132684

Quinto.
Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha creado un registro de
trabajadores con antecedentes de exposición a amianto (RETEA) como parte del
Programa para la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que han estado expuestos a
amianto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
ACUERDAN
Celebrar el presente convenio en orden a promover aquellas actividades de
coordinación que permitan a ambas partes realizar el seguimiento y valoración de la
afectación funcional y etiológica de aquellas personas en contacto con fibras de amianto
en el desarrollo de su actividad laboral con sospecha de concurrencia de patologías
relacionadas con dicho contacto o exposición. Por ello, con la finalidad de fijar los
compromisos entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, se establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objetivo.
El presente convenio tiene como finalidad establecer actuaciones conjuntas entre el
INSS y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, destinadas a evaluar, con
criterios facultativos homogéneos, el menoscabo funcional y la etiología o contingencia
profesional, que presenta el trabajador afectado de patologías secundarias a la
manipulación o exposición ambiental al amianto, de forma que la valoración de una
posible situación de incapacidad temporal y/o permanente y, en su caso, del grado
correspondiente de incapacidad, se efectúe con todos los antecedentes y elementos de
juicio necesario.
Dichas actuaciones se organizarán por el Grupo de Trabajo al que se refiere la
cláusula tercera.
Para facilitar la valoración homogénea de los trabajadores que presenten patologías
derivadas de la exposición al amianto en el desarrollo de su actividad laboral, este
convenio incorpora un protocolo (anexo I) que contiene la información mínima necesaria
para la determinación del menoscabo laboral de estos trabajadores, así como para la
adecuada valoración y calificación de la incapacidad laboral de los mismos.
Segunda. Ámbito de aplicación.
El protocolo que se anexa será de aplicación tanto a los procedimientos de
evaluación y calificación de la situación de la Incapacidad Temporal como Permanente, a
efectos de las prestaciones de la Seguridad Social que se inicien en el ámbito geográfico
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y respecto a los trabajadores
expuestos a amianto en el desarrollo de su trabajo en los que pueda existir sospecha de
presentar patologías relacionadas con la mencionada exposición.
Grupo de Trabajo.

Ambas partes se comprometen a constituir un Grupo de Trabajo, integrado
paritariamente por expertos procedentes de la Consejería de Salud de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia y del Instituto Nacional de la Seguridad Social, para
coordinar el seguimiento de los trabajadores expuestos a amianto, residentes en la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, intercambiar información que permita
mantener las bases de datos correspondientes, revisar la tipología de pruebas
diagnósticas necesarias y los informes de especialistas, así como recabar cualquier otro
tipo de información que resulte aconsejable para agilizar la determinación del

cve: BOE-A-2024-21119
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Tercera.