III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-21114)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Comunitat Valenciana, en materia de vacunación internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 132656
vacunación internacional, cuya gestión asumirá aquella en régimen de encomienda, en
los términos indicados en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Los hospitales donde se encontrarán los nuevos centros de vacunación internacional
son los siguientes:
–
–
–
–
–
–
–
–
–
Hospital General de Requena.
Hospital Universitario de La Ribera.
Hospital Universitario de Torrevieja.
Hospital Arnau de Vilanova.
Hospital Virgen de los Lirios de Alcoy.
Hospital Francesc de Borja de Gandía.
Hospital Marina Baixa de Vila Joiosa.
Hospital de Denia.
Hospital de Manises.
Y que, mediante el presente nuevo convenio que se promueve entre el
Departamento y la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Sanidad, para la
encomienda de nuevos centros de vacunación internacional en su territorio, la vigencia
del convenio anterior de fecha 24 de julio de 2014 se extinguirá cuando el presente se
publique en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
A lo largo de la última década ha ido aumentando la demanda de consultas para la
atención de viajeros internacionales con el consiguiente incremento de la carga
asistencial fundamentalmente durante el período estival en el que se registran
importantes picos de demanda. El mantenimiento de una buena calidad del servicio
aconseja la autorización de nuevos centros de vacunación internacional en la Comunitat
Valenciana. Para ello, mediante este convenio se posibilita la autorización de nuevos
centros de vacunación internacional adicionales, dependientes de la Conselleria de
Sanidad de la Comunitat Valenciana.
Por lo expuesto, las partes acuerdan formalizar el presente convenio de encomienda,
de acuerdo con las siguientes,
ESTIPULACIONES
Objeto.
Constituye el objeto de este convenio la encomienda a la Generalitat, a través de la
Conselleria de Sanidad, de las funciones de sanidad exterior en materia de vacunación
internacional en el territorio de la Comunidad Autónoma, que corresponden al Ministerio
de Sanidad, de acuerdo con lo establecido en los apartados 4 y 5 artículo 6 del Real
Decreto 1418/1986, de 13 de junio, por el que se atribuyen funciones al Ministerio de
Sanidad en materia de sanidad exterior.
La encomienda de gestión objeto de este convenio no supone cesión de la titularidad
de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo
responsabilidad del Ministerio de Sanidad, dictar cuantos actos o resoluciones de
carácter jurídico den soporte o en los que se integren las actividades materiales y
técnicas objeto de encomienda.
cve: BOE-A-2024-21114
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 132656
vacunación internacional, cuya gestión asumirá aquella en régimen de encomienda, en
los términos indicados en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Los hospitales donde se encontrarán los nuevos centros de vacunación internacional
son los siguientes:
–
–
–
–
–
–
–
–
–
Hospital General de Requena.
Hospital Universitario de La Ribera.
Hospital Universitario de Torrevieja.
Hospital Arnau de Vilanova.
Hospital Virgen de los Lirios de Alcoy.
Hospital Francesc de Borja de Gandía.
Hospital Marina Baixa de Vila Joiosa.
Hospital de Denia.
Hospital de Manises.
Y que, mediante el presente nuevo convenio que se promueve entre el
Departamento y la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Sanidad, para la
encomienda de nuevos centros de vacunación internacional en su territorio, la vigencia
del convenio anterior de fecha 24 de julio de 2014 se extinguirá cuando el presente se
publique en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
A lo largo de la última década ha ido aumentando la demanda de consultas para la
atención de viajeros internacionales con el consiguiente incremento de la carga
asistencial fundamentalmente durante el período estival en el que se registran
importantes picos de demanda. El mantenimiento de una buena calidad del servicio
aconseja la autorización de nuevos centros de vacunación internacional en la Comunitat
Valenciana. Para ello, mediante este convenio se posibilita la autorización de nuevos
centros de vacunación internacional adicionales, dependientes de la Conselleria de
Sanidad de la Comunitat Valenciana.
Por lo expuesto, las partes acuerdan formalizar el presente convenio de encomienda,
de acuerdo con las siguientes,
ESTIPULACIONES
Objeto.
Constituye el objeto de este convenio la encomienda a la Generalitat, a través de la
Conselleria de Sanidad, de las funciones de sanidad exterior en materia de vacunación
internacional en el territorio de la Comunidad Autónoma, que corresponden al Ministerio
de Sanidad, de acuerdo con lo establecido en los apartados 4 y 5 artículo 6 del Real
Decreto 1418/1986, de 13 de junio, por el que se atribuyen funciones al Ministerio de
Sanidad en materia de sanidad exterior.
La encomienda de gestión objeto de este convenio no supone cesión de la titularidad
de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo
responsabilidad del Ministerio de Sanidad, dictar cuantos actos o resoluciones de
carácter jurídico den soporte o en los que se integren las actividades materiales y
técnicas objeto de encomienda.
cve: BOE-A-2024-21114
Verificable en https://www.boe.es
Primera.