III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-21103)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Trane Aire Acondicionado, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Martes 15 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 132530

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
21103

Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Trane Aire
Acondicionado, SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Trane Aire Acondicionado, SL
(Código de convenio n.º 90012192012003), que fue suscrito en fecha 14 de marzo
de 2024, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y, de otra, por los Delegados de Personal en representación
de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado el 24 de septiembre
de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de octubre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA TRANE AIRE ACONDICIONADO, SL
Artículo 1.

Ámbito de ampliación.

El presente convenio será de aplicación a todas/os los trabajadoras/es de Trane Aire
Acondicionado adscritos a los centros de trabajo de Madrid y Barcelona, así como a
todos los lugares de prestación de servicio, y está suscrito por la representación legal de
los trabajadores de Madrid y Barcelona

1. El presente convenio tendrá una duración bianual renovable, siendo efectivo el
día 1 de abril de 2024 y finalizando su vigencia el día 31 de marzo de 2026.
2. La denuncia podrá efectuarse por cualquiera de las partes debiendo formularse
con una antelación mínima de tres meses a la fecha de terminación de su vigencia o
cualquiera de sus prorrogas. Se hará por escrito con exposición razonada de las causas
determinantes de la revisión y se presentará ante el organismo que en ese momento sea
competente. Se dará traslado a la otra parte. De no mediar denuncia, con los requisitos
exigidos para ella, el convenio se entenderá prorrogado de año en año a partir del 1 de
abril de 2026, en sus propios términos.

cve: BOE-A-2024-21103
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Vigencia, duración y denuncia.