I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20999)
Real Decreto 919/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece una cualificación profesional de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad, que se incluye en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 131596
Cuidadores de personas menores no dependientes en domicilio
Cuidadores de personas adultas no dependientes en domicilio
Formación Asociada (480 horas)
Módulos Formativos
MF2807_2: Atención a las necesidades de alimentación, higiene personal, vestido,
promoción de la autonomía y acompañamiento de la persona cuidada menor no
dependiente (150 horas)
MF2808_2: Atención a personas adultas no dependientes con necesidades de cuidados
en su entorno cotidiano (150 horas)
MF1868_2: Técnicas y recursos de animación en actividades de tiempo libre (120 horas)
MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)
UNIDAD DE COMPETENCIA 1: ATENDER LAS NECESIDADES DE ALIMENTACIÓN,
HIGIENE PERSONAL, VESTIDO, AUTONOMÍA Y ACOMPAÑAMIENTO DE LA
PERSONA CUIDADA MENOR NO DEPENDIENTE
Nivel: 2
Código: UC2807_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Atender las necesidades básicas de alimentación de personas menores no
dependientes, fomentando la autonomía en el desarrollo de hábitos saludables, horarios,
rutinas, entre otros, para asegurar la satisfacción de los requerimientos nutricionales y de
organización familiar.
CR1.1 La información sobre las necesidades y capacidades individuales de la
persona cuidada menor no dependiente relacionadas con los hábitos de alimentación
se obtiene de la persona cuidada y la/s persona/s responsable/s a partir de la
comunicación con la/s misma/s.
CR1.3 El lavado de manos se garantiza a aquella persona cuidada menor no
dependiente, que no pueda realizarlo de manera autónoma durante un tiempo
previsto, explicándole el procedimiento a seguir para favorecer su autonomía.
CR1.4 El cepillado de dientes se supervisa/se apoya de forma visual para asegurar
la adquisición de hábitos de higiene bucodental.
CR1.5 Los alimentos, según lo acordado con la persona cuidada menor no
dependiente y/o la/s persona/s responsable/s, se suministran a la persona cuidada
cve: BOE-A-2024-20999
Verificable en https://www.boe.es
CR1.2 El lavado de manos antes y después de comer se supervisa/se apoya, para
asegurar que la persona cuidada menor no dependiente lo ha realizado, promoviendo
el aprendizaje de hábitos de autonomía e higiene personal.
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 131596
Cuidadores de personas menores no dependientes en domicilio
Cuidadores de personas adultas no dependientes en domicilio
Formación Asociada (480 horas)
Módulos Formativos
MF2807_2: Atención a las necesidades de alimentación, higiene personal, vestido,
promoción de la autonomía y acompañamiento de la persona cuidada menor no
dependiente (150 horas)
MF2808_2: Atención a personas adultas no dependientes con necesidades de cuidados
en su entorno cotidiano (150 horas)
MF1868_2: Técnicas y recursos de animación en actividades de tiempo libre (120 horas)
MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)
UNIDAD DE COMPETENCIA 1: ATENDER LAS NECESIDADES DE ALIMENTACIÓN,
HIGIENE PERSONAL, VESTIDO, AUTONOMÍA Y ACOMPAÑAMIENTO DE LA
PERSONA CUIDADA MENOR NO DEPENDIENTE
Nivel: 2
Código: UC2807_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Atender las necesidades básicas de alimentación de personas menores no
dependientes, fomentando la autonomía en el desarrollo de hábitos saludables, horarios,
rutinas, entre otros, para asegurar la satisfacción de los requerimientos nutricionales y de
organización familiar.
CR1.1 La información sobre las necesidades y capacidades individuales de la
persona cuidada menor no dependiente relacionadas con los hábitos de alimentación
se obtiene de la persona cuidada y la/s persona/s responsable/s a partir de la
comunicación con la/s misma/s.
CR1.3 El lavado de manos se garantiza a aquella persona cuidada menor no
dependiente, que no pueda realizarlo de manera autónoma durante un tiempo
previsto, explicándole el procedimiento a seguir para favorecer su autonomía.
CR1.4 El cepillado de dientes se supervisa/se apoya de forma visual para asegurar
la adquisición de hábitos de higiene bucodental.
CR1.5 Los alimentos, según lo acordado con la persona cuidada menor no
dependiente y/o la/s persona/s responsable/s, se suministran a la persona cuidada
cve: BOE-A-2024-20999
Verificable en https://www.boe.es
CR1.2 El lavado de manos antes y después de comer se supervisa/se apoya, para
asegurar que la persona cuidada menor no dependiente lo ha realizado, promoviendo
el aprendizaje de hábitos de autonomía e higiene personal.