III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-20995)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación eléctricos 14.1 y 14.4 para la adaptación de la liquidación al ISP cuarto-horario.
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Lunes 14 de octubre de 2024
8.

Sec. III. Pág. 131443

Incumplimiento de las asignaciones de energía de balance RR y terciaria.

El cumplimiento del saldo neto de las asignaciones de energía de balance RR y
terciaria se verificará de forma agregada para cada BSP de aFRR y de forma agregada
para las unidades de programación con asignación de energía de balance RR y energía
terciaria del mismo BRP no pertenecientes al BSP de aFRR.
En cada periodo de programación, se realizará una anotación para el BSP de aFRR
del BRP y otra anotación para el resto de las unidades de programación con asignación
de energía de balance RR y energía terciaria del mismo BRP, en su unidad de liquidación
específica para cada BRP.
8.1

Incumplimiento de asignación neta de energía de balance RR y terciaria a subir.

A efectos de las fórmulas siguientes, las referencias a saldos o sumas de las
unidades de programación del BRP, o del BRP, se refieren a los saldos de sus unidades
de programación con asignación neta a subir de energía de balance RR y de terciaria, no
pertenecientes a BSP de aFRR y cuyo saldo de restricciones técnicas en tiempo real es
nulo o a subir.
La obligación de pago por incumplimiento de asignación neta de energía de
balance RR y terciaria a subir de la BSP de aFRR z o del BRP s se calculará de la forma
siguiente:
OPEINCLEBALSz,s = EINCLEBALSz,s x abs(PBALz,s)

x 0,2

donde:
EINCLEBALSz,s = Energía incumplida de asignación neta de energía de balance RR
y terciaria a subir del BSP de aFRR z o del BRP s. Se tomará valor cero si en el periodo
de programación el BSP de aFRR o el BRP tienen asignado un saldo neto a bajar de
energía por restricciones en tiempo real. Si en el periodo de programación el BSP
de aFRR o el BRP tiene saldo a subir de energía de restricciones en tiempo real se
considerará que ha sido asignada con anterioridad a las asignaciones de energía de
balance RR y terciaria.
La energía incumplida para cada BSP de aFRR z o cada BRP s se calculará según la
fórmula siguiente:
EINCLEBALSz,s = máx ( -STGSz,s; mín (0, Σz,s MBCu - EREFSz,s))

MBCu = medida en barras de central, según se establece en el anexo II, de cada
unidad de programación integrada en el BSP de aFRR z o perteneciente al BRP s.
EREFSz,s = Σz,s PHFCu + ITz,s + SRTRS z,s + STGS z,s + (ESECSz + ESECBz).
ITz,s = saldo de energía por cambios de programa del BSP de aFRR z o del BRP s.
SRTRSz,s = saldo neto a subir de energía de restricciones en tiempo real, del BSP de
aFRR z o del BRP s, obtenida como suma de la energía de restricciones asignada a
cada unidad de programación del BSP de aFRR s o del BRP s.
STGSz,s = saldo neto a subir de la energía de energía de balance RR y terciaria, a
subir y a bajar, asignada al BSP de aFRR a o al BRP obtenida como suma de las
asignaciones a las unidades u integradas en el BSP de aFRR z o pertenecientes al BRP
s, considerando, en su caso, la modificación del programa de energía del BSP de aFRR
por rampeado (seguimiento PTR).
PBALz,s = precio medio ponderado de la energía asignada a subir de energía de
balance RR y regulación terciaria a las unidades integradas en el BSP de aFRR z o las
unidades pertenecientes al BRP s.

cve: BOE-A-2024-20995
Verificable en https://www.boe.es

donde: