II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Destinos. (BOE-A-2024-20924)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Presidencia, Justica y Deportes, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Lunes 14 de octubre de 2024

Sec. II.A. Pág. 130898

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
20924

Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia, de
la Consellería de Presidencia, Justica y Deportes, por la que se otorga
destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el
proceso selectivo, convocado por la Orden JUS/1254/2022, de 7 de
diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia se ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en el anexo I al personal funcionario del cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados/as funcionarios/as de carrera
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por la Orden de 2 de octubre de 2024
teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
El personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se le
otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo en el correspondiente
departamento territorial de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes dentro del
plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29
del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.

Tercero.
En caso de que el personal funcionario opte por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial o del órgano
competente de la comunidad autónoma correspondiente a su destino como funcionario/a
del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido

cve: BOE-A-2024-20924
Verificable en https://www.boe.es

El personal funcionario destinado en virtud de esta resolución, que pertenezca ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opte por continuar
en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se desplace a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma
de posesión señalado en el apartado primero, comunique, en su caso, a la Gerencia
Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con
traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de la declaración de la excedencia
voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial. Una copia de la resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Acceso y Promoción del Personal al Servicio de la Administración de Justicia.