II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNITAT VALENCIANA. Destinos. (BOE-A-2024-20929)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Conselleria de Justicia e Interior, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 130928
resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Octavo.
Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 8 de julio de 2024
(«Boletín Oficial del Estado» del 19), no adjudicadas en la presente resolución,
mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como
vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en
caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio
de todas las desiertas existentes.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante la Dirección General de Justicia y Autogobierno, en el plazo de un mes, según lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos
meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-20929
Verificable en https://www.boe.es
Valencia, 2 de octubre de 2024.–La Directora General de Justicia y Autogobierno,
María José Adalid Hinarejos.
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 130928
resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Octavo.
Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 8 de julio de 2024
(«Boletín Oficial del Estado» del 19), no adjudicadas en la presente resolución,
mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como
vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en
caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio
de todas las desiertas existentes.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante la Dirección General de Justicia y Autogobierno, en el plazo de un mes, según lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos
meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-20929
Verificable en https://www.boe.es
Valencia, 2 de octubre de 2024.–La Directora General de Justicia y Autogobierno,
María José Adalid Hinarejos.