T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-20897)
Sala Segunda. Sentencia 105/2024, de 9 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 6095-2022. Promovido por doña Giselle Góngora Ramos en relación con los autos dictados por la Audiencia Provincial de Valladolid y un juzgado de instrucción de su capital que acordaron el sobreseimiento provisional de diligencias previas por un posible delito de lesiones. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en relación con el derecho a la integridad física y moral: investigación insuficiente de una denuncia de lesiones y malos tratos que se dicen padecidos en institución penitenciaria (STC 33/2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130595
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
20897
Sala Segunda. Sentencia 105/2024, de 9 de septiembre de 2024. Recurso de
amparo 6095-2022. Promovido por doña Giselle Góngora Ramos en relación
con los autos dictados por la Audiencia Provincial de Valladolid y un juzgado
de instrucción de su capital que acordaron el sobreseimiento provisional de
diligencias previas por un posible delito de lesiones. Vulneración del derecho
a la tutela judicial efectiva, en relación con el derecho a la integridad física y
moral: investigación insuficiente de una denuncia de lesiones y malos tratos
que se dicen padecidos en institución penitenciaria (STC 33/2024).
ECLI:ES:TC:2024:105
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 6095-2022, interpuesto por doña Giselle Góngora
Ramos contra el auto dictado el 4 de noviembre de 2021 por el Juzgado de Instrucción
núm. 1 de Valladolid, que acuerda el sobreseimiento provisional de las diligencias previas
núm. 1377-2021 y contra el auto de 6 de septiembre de 2022, dictado por la Sección
Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid que desestima el recurso de apelación
núm. 511-2022 interpuesto frente al anterior. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido
ponente el magistrado don César Tolosa Tribiño.
I.
Antecedentes
2. Los hechos relevantes para la resolución del recurso de amparo y que resultan
de las actuaciones recibidas son los siguientes:
a) El día 16 de septiembre de 2021 se registró en el Juzgado de Instrucción núm. 5
de Valladolid, en funciones de guardia, la denuncia manuscrita remitida por la ahora
demandante de amparo, en situación de presa preventiva en el Centro Penitenciario de
Valladolid (Villanubla).
cve: BOE-A-2024-20897
Verificable en https://www.boe.es
1. El día 16 de septiembre de 2022 tuvo entrada en el registro general de este
tribunal un escrito por el que doña Giselle Góngora Ramos solicitaba la designación de
abogado y procurador de los tribunales a los efectos de la interposición de la demanda
de amparo. Previos los correspondientes trámites, el 5 de diciembre de 2022 se registró
la demanda de amparo presentada contra los autos mencionados en el encabezamiento
de esta sentencia por doña Olga Romojaro Casado, como procuradora de los tribunales,
en representación de la demandante y asistida por la letrada doña María Leandra Bris
García.
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130595
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
20897
Sala Segunda. Sentencia 105/2024, de 9 de septiembre de 2024. Recurso de
amparo 6095-2022. Promovido por doña Giselle Góngora Ramos en relación
con los autos dictados por la Audiencia Provincial de Valladolid y un juzgado
de instrucción de su capital que acordaron el sobreseimiento provisional de
diligencias previas por un posible delito de lesiones. Vulneración del derecho
a la tutela judicial efectiva, en relación con el derecho a la integridad física y
moral: investigación insuficiente de una denuncia de lesiones y malos tratos
que se dicen padecidos en institución penitenciaria (STC 33/2024).
ECLI:ES:TC:2024:105
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 6095-2022, interpuesto por doña Giselle Góngora
Ramos contra el auto dictado el 4 de noviembre de 2021 por el Juzgado de Instrucción
núm. 1 de Valladolid, que acuerda el sobreseimiento provisional de las diligencias previas
núm. 1377-2021 y contra el auto de 6 de septiembre de 2022, dictado por la Sección
Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid que desestima el recurso de apelación
núm. 511-2022 interpuesto frente al anterior. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido
ponente el magistrado don César Tolosa Tribiño.
I.
Antecedentes
2. Los hechos relevantes para la resolución del recurso de amparo y que resultan
de las actuaciones recibidas son los siguientes:
a) El día 16 de septiembre de 2021 se registró en el Juzgado de Instrucción núm. 5
de Valladolid, en funciones de guardia, la denuncia manuscrita remitida por la ahora
demandante de amparo, en situación de presa preventiva en el Centro Penitenciario de
Valladolid (Villanubla).
cve: BOE-A-2024-20897
Verificable en https://www.boe.es
1. El día 16 de septiembre de 2022 tuvo entrada en el registro general de este
tribunal un escrito por el que doña Giselle Góngora Ramos solicitaba la designación de
abogado y procurador de los tribunales a los efectos de la interposición de la demanda
de amparo. Previos los correspondientes trámites, el 5 de diciembre de 2022 se registró
la demanda de amparo presentada contra los autos mencionados en el encabezamiento
de esta sentencia por doña Olga Romojaro Casado, como procuradora de los tribunales,
en representación de la demandante y asistida por la letrada doña María Leandra Bris
García.