T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-20896)
Sala Segunda. Sentencia 104/2024, de 9 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 4054-2022. Promovido por doña Concepción María Maján Díaz respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de lo contencioso-administrativo de Badajoz en tasación de las costas causadas en procedimiento abreviado. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión en relación con los derechos de defensa y a la asistencia letrada: STC 10/2022 (resoluciones judiciales que consideran gastos indebidos los honorarios del abogado en un supuesto en el que no es preceptiva la intervención de letrado).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. TC. Pág. 130587

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
20896

Sala Segunda. Sentencia 104/2024, de 9 de septiembre de 2024. Recurso de
amparo 4054-2022. Promovido por doña Concepción María Maján Díaz
respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de lo contenciosoadministrativo de Badajoz en tasación de las costas causadas en
procedimiento abreviado. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin
indefensión en relación con los derechos de defensa y a la asistencia letrada:
STC 10/2022 (resoluciones judiciales que consideran gastos indebidos los
honorarios del abogado en un supuesto en el que no es preceptiva la
intervención de letrado).

ECLI:ES:TC:2024:104.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 4054-2022, promovido por doña Concepción María
Maján Díaz, representada por la procuradora de los tribunales doña Gloria Llorente de la
Torre y con la asistencia del letrado don Raúl Tardío López, contra el auto de 2 de junio
de 2022 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Badajoz en
la pieza de impugnación de la tasación de costas núm. 3-2022, que desestima el recurso
de revisión interpuesto contra el decreto de la letrada de la administración de justicia
de 16 de mayo de 2022. Ha sido parte la Junta de Extremadura, representada por la
procuradora de los tribunales doña María Aurora Gómez-Villaboa Mandri y por la letrada
doña Julia Durán Aznal. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el
magistrado don César Tolosa Tribiño.
Antecedentes

1. Por escrito registrado en este tribunal el día 6 de julio de 2022, doña Concepción
María Maján Díaz, con la indicada representación y defensa, interpuso recurso de
amparo contra las resoluciones a las que se hace referencia en el encabezamiento de
esta sentencia, dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de
Badajoz, en el procedimiento de tasación de costas núm. 3-2022, en que alega la
vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y del derecho de
defensa y a la asistencia letrada (art. 24.2 CE).
2. Los hechos relevantes que se desprenden de la demanda de amparo y de las
actuaciones que la acompañan son los siguientes:
a) El 21 de noviembre de 2018, la representación de doña Concepción María Maján
Díaz interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación por silencio
administrativo de la solicitud de revisión de la resolución de 22 de abril de 2008 dictada

cve: BOE-A-2024-20896
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I.