III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20888)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Servicios e Inspección, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, para la colaboración en el procedimiento de gestión de subvenciones a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de productos de la pesca y acuicultura dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica del sector agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con Fondos Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Undécima.
Sec. III. Pág. 130524
Resolución de conflictos.
Las controversias surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos
que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse de
mutuo acuerdo en el seno de la propia Comisión de Seguimiento prevista en éste.
Las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, resueltas conforme a lo previsto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-20888
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento
electrónicamente.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden
APA/21/2019, de 10 de enero), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad
Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño.–El Decano del Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Madrid, Fabián Torres Suárez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Undécima.
Sec. III. Pág. 130524
Resolución de conflictos.
Las controversias surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos
que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse de
mutuo acuerdo en el seno de la propia Comisión de Seguimiento prevista en éste.
Las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, resueltas conforme a lo previsto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-20888
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento
electrónicamente.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden
APA/21/2019, de 10 de enero), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad
Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño.–El Decano del Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Madrid, Fabián Torres Suárez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X