III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-20881)
Resolución 420/38408/2024, de 9 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la realización de trabajos fin de estudio de grado o máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130468
intercambio científico, la movilidad académica y la cooperación para el desarrollo de los
pueblos, que podrán articularse mediante el establecimiento de relaciones con otras
entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales.
Segundo.
Que el INTA, organismo público de investigación de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es un organismo
autónomo, adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estado de
Defensa, de los previstos en el artículo 84.1.a).1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, especializado en la investigación y desarrollo
tecnológico, de carácter dual, en los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica, y de las
tecnologías de la defensa y seguridad, que tiene las funciones señaladas en el
artículo 7.2 de su estatuto, aprobado mediante el Real Decreto 925/2015, de 16 de
octubre.
Tercero.
Que es voluntad de las partes colaborar en la última etapa formativa del estudiantado
universitario apoyando a la realización de los trabajos de fin de estudios que se
desarrollan como parte de las materias Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de
Máster (TFM).
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene como objeto establecer un marco de colaboración entre
las partes que apoye la ejecución de las materias de Trabajos de Fin de Grado/Trabajos
de Fin de Master (TFG/TFM), a través de la realización de estancias en las instalaciones
del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).
Los TFG o TFM, según se establece en el Real Decreto 822/2021, de 28 de
septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y
del procedimiento de aseguramiento de su calidad, son materias obligatorias del plan de
estudios de los títulos oficiales de grado o máster, respectivamente. Su objetivo es
permitir que el estudiantado desarrolle, aplique y demuestre parte de los conocimientos,
capacidades y competencias adquiridos a lo largo de su formación académica.
El proyecto que se desarrolle como parte del TFG o del TFM, al amparo del presente
convenio, se realizará bajo la dirección conjunta y coordinada de la Universidad
Complutense de Madrid (UCM) y del INTA, en los términos recogidos tanto en las
normativas para la elaboración del TFG y/o TFM de la universidad, como en los
reglamentos propios de cada centro.
Cada TFG/TFM realizado al amparo de este convenio requerirá de la suscripción de
un documento específico (anexo) que formalizará la estancia del alumnado en el INTA.
Las estancias realizadas al amparo de este convenio no tendrán la consideración de
prácticas externas y por lo tanto no se rigen por la legislación vigente en materia de
prácticas académicas externas.
La relación entre el alumnado y el INTA al amparo del presente convenio, no
constituye un vínculo jurídico o relación laboral de ningún tipo, ni supone obligación a
contraprestación económica alguna para ninguna de las partes.
cve: BOE-A-2024-20881
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130468
intercambio científico, la movilidad académica y la cooperación para el desarrollo de los
pueblos, que podrán articularse mediante el establecimiento de relaciones con otras
entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales.
Segundo.
Que el INTA, organismo público de investigación de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es un organismo
autónomo, adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estado de
Defensa, de los previstos en el artículo 84.1.a).1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, especializado en la investigación y desarrollo
tecnológico, de carácter dual, en los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica, y de las
tecnologías de la defensa y seguridad, que tiene las funciones señaladas en el
artículo 7.2 de su estatuto, aprobado mediante el Real Decreto 925/2015, de 16 de
octubre.
Tercero.
Que es voluntad de las partes colaborar en la última etapa formativa del estudiantado
universitario apoyando a la realización de los trabajos de fin de estudios que se
desarrollan como parte de las materias Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de
Máster (TFM).
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene como objeto establecer un marco de colaboración entre
las partes que apoye la ejecución de las materias de Trabajos de Fin de Grado/Trabajos
de Fin de Master (TFG/TFM), a través de la realización de estancias en las instalaciones
del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).
Los TFG o TFM, según se establece en el Real Decreto 822/2021, de 28 de
septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y
del procedimiento de aseguramiento de su calidad, son materias obligatorias del plan de
estudios de los títulos oficiales de grado o máster, respectivamente. Su objetivo es
permitir que el estudiantado desarrolle, aplique y demuestre parte de los conocimientos,
capacidades y competencias adquiridos a lo largo de su formación académica.
El proyecto que se desarrolle como parte del TFG o del TFM, al amparo del presente
convenio, se realizará bajo la dirección conjunta y coordinada de la Universidad
Complutense de Madrid (UCM) y del INTA, en los términos recogidos tanto en las
normativas para la elaboración del TFG y/o TFM de la universidad, como en los
reglamentos propios de cada centro.
Cada TFG/TFM realizado al amparo de este convenio requerirá de la suscripción de
un documento específico (anexo) que formalizará la estancia del alumnado en el INTA.
Las estancias realizadas al amparo de este convenio no tendrán la consideración de
prácticas externas y por lo tanto no se rigen por la legislación vigente en materia de
prácticas académicas externas.
La relación entre el alumnado y el INTA al amparo del presente convenio, no
constituye un vínculo jurídico o relación laboral de ningún tipo, ni supone obligación a
contraprestación económica alguna para ninguna de las partes.
cve: BOE-A-2024-20881
Verificable en https://www.boe.es
Primera.