I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20842)
Real Decreto 958/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 130363

f) Se ha tenido en cuenta en las medidas preventivas de riesgos remanentes,
factores de riesgo, procedimientos de trabajo, tiempo de exposición y vigilancia de la
salud.
g) Se han aplicado los principios generales de protección colectiva e individual en
las actuaciones propuestas sobre medidas de control de los riesgos.
h) Se han elaborado documentos para el registro de acciones preventivas de
evaluación y control de riesgos de exposición y elaboración de informes.
i) Se ha elaborado un protocolo de seguridad para información y asesoramiento del
personal, sobre normas y procedimientos que debe cumplir en su actividad laboral.
Módulo profesional: Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.
Equivalencia en créditos ECTS: 10.
Duración 50 %: 80 horas.
Duración 60 %: 100 horas.
Código: 1419.
Resultados de aprendizaje.
1. Evalúa riesgos estimando la magnitud de los que no hayan podido evitarse,
adoptando medidas preventivas de acuerdo con la información recabada.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los efectos sobre la salud que se pueden producir en el
trabajo.
b) Se han reconocido las características diferenciadoras entre riesgo y peligro,
accidente de trabajo y enfermedad profesional.
c) Se han identificado los diferentes factores de riesgo.
d) Se ha reconocido la diferencia entre prevención y protección.
e) Se han manejado diferentes técnicas de identificación y medición del riesgo.
f) Se han valorado tablas de daño corporal.
g) Se han identificado los riesgos que no se pueden evitar para evaluar sus
posibles consecuencias.
h) Se ha reconocido los tipos y métodos de evaluación de riesgos.
i) Se ha establecido el procedimiento de evaluación, analizando los métodos y
secuenciando el proceso.
j) Se han valorado los aspectos que requieren una colaboración de entidad
especializada para completar la evaluación.
2. Planifica el sistema de prevención de los riesgos, teniendo en cuenta la prioridad
de dichos riesgos en función de su magnitud y la exposición de las personas
trabajadoras.

a) Se han identificado las diferentes técnicas preventivas.
b) Se han relacionado los factores de riesgo con las técnicas preventivas
correspondientes.
c) Se han reconocido los posibles daños para la salud en el ámbito laboral y del
entorno.
d) Se ha elaborado un programa de planificación de medidas, estableciendo
controles de cumplimiento.
e) Se ha establecido una escala de prioridad en la implantación de las medidas
planificadas atendiendo factores de gravedad y exposición potencial de trabajadores.
f) Se ha diseñado un sistema de testeo del cumplimiento de los controles
planificados.

cve: BOE-A-2024-20842
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Criterios de evaluación: