T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-20906)
Pleno. Sentencia 114/2024, de 11 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 916-2022. Promovido por don Alberto Casero Ávila respecto de las resoluciones dictadas por la presidenta del Congreso de los Diputados sobre la votación de convalidación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Supuesta vulneración del derecho al ejercicio del cargo representativo: ejercicio del voto telemático al que no sucede una solicitud o actuación personal tempestiva del propio diputado que acredite su expresa voluntad de optar por el ejercicio presencial de su voto y por la anulación del voto telemático autorizado y emitido. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130740
la Presidencia del Congreso de los Diputados mencionadas en el encabezamiento de
esta sentencia.
El recurso trae causa de los siguientes antecedentes:
a) La mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión de 26 de octubre
de 2021, acordó (i) derogar su anterior acuerdo de 16 de junio de 2020, que prorrogaba
el acuerdo de 19 de marzo de 2020, relativo a la emisión del voto por el procedimiento
telemático en las sesiones plenarias; (ii) que, hasta la finalización de la crisis sanitaria
ocasionada por la covid-19, la mesa de la Cámara pudiera «establecer que, atendiendo a
su duración u otras circunstancias […], en determinadas votaciones la totalidad de los
diputados emitan su voto por el procedimiento telemático»; y (iii) que «[e]n todos los
supuestos en los que proceda el voto telemático, y sin perjuicio de lo previsto en la
resolución de la mesa de la Cámara para el desarrollo de procedimiento de votación
telemática, de 21 de mayo de 2012, la emisión del voto se hará a través de la intranet de
la Cámara, con introducción de usuario y contraseña, como método de verificación de la
emisión personal del voto».
b) La mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión de 1 de febrero de 2022,
con carácter complementario al anterior acuerdo, acordó permitir que los diputados
autorizados para emitir su voto telemáticamente pudieran hacerlo respecto de todos los
asuntos incluidos en el orden del día del Pleno, organizándose los debates y las
votaciones para que los términos en que fueran a producirse estas últimas fuera
conocido en la emisión del voto telemático, conforme a lo establecido en el artículo 82.2
del Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD).
c) Con fecha de 1 de febrero de 2022, el diputado señor Casero Ávila solicitó la
emisión del voto por el procedimiento telemático para las sesiones plenarias ordinarias
que tendrían lugar entre el 1 y el 3 de febrero de 2022, «al amparo de lo dispuesto en el
artículo 82.2 del Reglamento de la Cámara, de la resolución de la mesa del Congreso de
los Diputados de 21 de mayo de 2012 y de la comunicación cursada por el secretario
general del Congreso de los Diputados de 26 de octubre de 2021» a cuyo objeto
acompañó certificado médico de enfermedad impeditiva del desempeño de la función
parlamentaria. Con esa misma fecha, la mesa de la Cámara acordó autorizar al diputado
la emisión del voto telemático en la sesión plenaria que comenzaría ese mismo día,
delegando en la Presidencia de la Cámara «la concreción de los puntos del orden del día
y los momentos de inicio y de finalización del tiempo para la emisión del voto en cada
sesión plenaria comprendida en el periodo por el que se concede la presente
autorización».
d) El 3 de febrero de 2022 se celebró la sesión plenaria del Congreso de los
Diputados en la que, entre otros puntos del orden del día, se incluía la votación de la
convalidación o derogación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado de trabajo. Según consta en el «Diario de Sesiones del
Congreso de los Diputados», Pleno y Diputación Permanente, XIV Legislatura, núm. 156,
de 3 de febrero de 2022, pág. 94, el resultado de la votación fue de 175 votos a favor
(166 más 9 votos telemáticos) y 174 en contra (169 más 5 votos telemáticos), por lo que
el Real Decreto-ley 32/2021 quedó convalidado.
e) Una vez finalizadas las votaciones y antes de que la presidenta del Congreso de
los Diputados levantara la sesión, pidió la palabra la diputada del Grupo Parlamentario
Popular, señora Gamarra Ruiz-Clavijo, constando en el «Diario de Sesiones» núm. 156,
de 3 de febrero de 2022, págs. 96 y 97, los siguientes extremos:
«La señora Gamarra Ruiz-Clavijo: Señora presidenta, con carácter previo a la
votación se ha puesto de manifiesto a la mesa un error informático.
La señora presidenta: Señora Gamarra, ¿en función de qué artículo me está usted
pidiendo la palabra?
La señora Gamarra Ruiz-Clavijo: Artículo 72. (Rumores).
cve: BOE-A-2024-20906
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130740
la Presidencia del Congreso de los Diputados mencionadas en el encabezamiento de
esta sentencia.
El recurso trae causa de los siguientes antecedentes:
a) La mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión de 26 de octubre
de 2021, acordó (i) derogar su anterior acuerdo de 16 de junio de 2020, que prorrogaba
el acuerdo de 19 de marzo de 2020, relativo a la emisión del voto por el procedimiento
telemático en las sesiones plenarias; (ii) que, hasta la finalización de la crisis sanitaria
ocasionada por la covid-19, la mesa de la Cámara pudiera «establecer que, atendiendo a
su duración u otras circunstancias […], en determinadas votaciones la totalidad de los
diputados emitan su voto por el procedimiento telemático»; y (iii) que «[e]n todos los
supuestos en los que proceda el voto telemático, y sin perjuicio de lo previsto en la
resolución de la mesa de la Cámara para el desarrollo de procedimiento de votación
telemática, de 21 de mayo de 2012, la emisión del voto se hará a través de la intranet de
la Cámara, con introducción de usuario y contraseña, como método de verificación de la
emisión personal del voto».
b) La mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión de 1 de febrero de 2022,
con carácter complementario al anterior acuerdo, acordó permitir que los diputados
autorizados para emitir su voto telemáticamente pudieran hacerlo respecto de todos los
asuntos incluidos en el orden del día del Pleno, organizándose los debates y las
votaciones para que los términos en que fueran a producirse estas últimas fuera
conocido en la emisión del voto telemático, conforme a lo establecido en el artículo 82.2
del Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD).
c) Con fecha de 1 de febrero de 2022, el diputado señor Casero Ávila solicitó la
emisión del voto por el procedimiento telemático para las sesiones plenarias ordinarias
que tendrían lugar entre el 1 y el 3 de febrero de 2022, «al amparo de lo dispuesto en el
artículo 82.2 del Reglamento de la Cámara, de la resolución de la mesa del Congreso de
los Diputados de 21 de mayo de 2012 y de la comunicación cursada por el secretario
general del Congreso de los Diputados de 26 de octubre de 2021» a cuyo objeto
acompañó certificado médico de enfermedad impeditiva del desempeño de la función
parlamentaria. Con esa misma fecha, la mesa de la Cámara acordó autorizar al diputado
la emisión del voto telemático en la sesión plenaria que comenzaría ese mismo día,
delegando en la Presidencia de la Cámara «la concreción de los puntos del orden del día
y los momentos de inicio y de finalización del tiempo para la emisión del voto en cada
sesión plenaria comprendida en el periodo por el que se concede la presente
autorización».
d) El 3 de febrero de 2022 se celebró la sesión plenaria del Congreso de los
Diputados en la que, entre otros puntos del orden del día, se incluía la votación de la
convalidación o derogación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado de trabajo. Según consta en el «Diario de Sesiones del
Congreso de los Diputados», Pleno y Diputación Permanente, XIV Legislatura, núm. 156,
de 3 de febrero de 2022, pág. 94, el resultado de la votación fue de 175 votos a favor
(166 más 9 votos telemáticos) y 174 en contra (169 más 5 votos telemáticos), por lo que
el Real Decreto-ley 32/2021 quedó convalidado.
e) Una vez finalizadas las votaciones y antes de que la presidenta del Congreso de
los Diputados levantara la sesión, pidió la palabra la diputada del Grupo Parlamentario
Popular, señora Gamarra Ruiz-Clavijo, constando en el «Diario de Sesiones» núm. 156,
de 3 de febrero de 2022, págs. 96 y 97, los siguientes extremos:
«La señora Gamarra Ruiz-Clavijo: Señora presidenta, con carácter previo a la
votación se ha puesto de manifiesto a la mesa un error informático.
La señora presidenta: Señora Gamarra, ¿en función de qué artículo me está usted
pidiendo la palabra?
La señora Gamarra Ruiz-Clavijo: Artículo 72. (Rumores).
cve: BOE-A-2024-20906
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