T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-20905)
Pleno. Sentencia 113/2024, de 10 de septiembre de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 8042-2023. Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con el Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón. Límites de los decretos-leyes: nulidad de la norma de urgencia que carece de justificación de la concurrencia del presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. TC. Pág. 130710

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
20905

Pleno. Sentencia 113/2024, de 10 de septiembre de 2024. Recurso de
inconstitucionalidad 8042-2023. Interpuesto por el presidente del Gobierno en
relación con el Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de marzo,
de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo
de cercanía en Aragón. Límites de los decretos-leyes: nulidad de la norma de
urgencia que carece de justificación de la concurrencia del presupuesto
habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad.

ECLI:ES:TC:2024:113
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno,
doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 8042-2023, interpuesto por el presidente
del Gobierno contra los artículos 4; 5, apartados 1, 2 y 4; 6; 7, apartados 1, 2 y letras a),
b) y c) del apartado 3; 12, apartado 2 en cuanto al inciso «Las redes interiores podrán
establecerse en cualquier nivel de tensión a efectos de autoconsumo» y 3, en cuanto al
inciso «y a establecer y operar redes interiores de cualquier nivel de tensión para
establecer sistemas de autoconsumo»; 13, apartados 2, 3 y 4; 19; 22, apartado 2; 33; 38;
39; 40, apartados 2 y 3; y 59; la disposición adicional cuarta; la disposición adicional
quinta; y la disposición transitoria tercera del Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, del
Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y
el consumo de cercanía en Aragón. Han comparecido el Congreso de los Diputados y el
Senado. Han formulado alegaciones el Gobierno de Aragón y las Cortes de Aragón. Ha
sido ponente el magistrado don César Tolosa Tribiño.

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 21 de diciembre de 2023, el
abogado del Estado interpuso, en nombre del presidente del Gobierno, recurso de
inconstitucionalidad contra los artículos 4; 5, apartados 1, 2 y 4; 6; 7, apartados 1, 2 y
letras a), b) y c) del apartado 3; 12, apartado 2 en cuanto al inciso «Las redes interiores
podrán establecerse en cualquier nivel de tensión a efectos de autoconsumo» y 3, en
cuanto al inciso «y a establecer y operar redes interiores de cualquier nivel de tensión
para establecer sistemas de autoconsumo»; 13, apartados 2, 3 y 4; 19; 22, apartado 2;
33; 38; 39; 40, apartados 2 y 3; y 59; la disposición adicional cuarta; la disposición
adicional quinta; y la disposición transitoria tercera del Decreto-ley 1/2023, de 20 de
marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para el impulso de la transición
energética y el consumo de cercanía en Aragón.

cve: BOE-A-2024-20905
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I. Antecedentes