T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-20904)
Pleno. Sentencia 112/2024, de 10 de septiembre de 2024. Cuestión de inconstitucionalidad 3263-2023. Planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación con el artículo 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes Balears 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres. Libertad de empresa: nulidad del precepto legal que introduce la exigencia de un lapso de treinta minutos de antelación mínima entre la contratación telemática y la prestación del servicio de alquiler de vehículos con conductor.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130686
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
20904
Pleno. Sentencia 112/2024, de 10 de septiembre de 2024. Cuestión de
inconstitucionalidad 3263-2023. Planteada por la Sección Tercera de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación con el
artículo 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes Balears 1/2019, de 22 de
febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad
de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de
transportes terrestres. Libertad de empresa: nulidad del precepto legal que
introduce la exigencia de un lapso de treinta minutos de antelación mínima
entre la contratación telemática y la prestación del servicio de alquiler de
vehículos con conductor.
ECLI:ES:TC:2024:112
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno,
doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3263-2023, promovida por la Sección
Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación
con el art. 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes Balears 1/2019, de 22 de febrero,
de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de
vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres, en cuanto
que da nueva redacción al art. 74 bis.1 b) de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de
transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. Han comparecido y
formulado alegaciones el Parlamento y el Gobierno de las Illes Balears, las sociedades
mercantiles Ares Capital, S.A., y Aucona Servicios Integrales, S.L., la Federación
Independiente del Taxi de las Islas Baleares, la asociación Taxi Project 2.0 y el Ministerio
Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla.
Antecedentes
1. El 17 de mayo de 2023 tuvo entrada en el registro general del Tribunal
Constitucional un oficio de la Sección Tercera de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo por el que se remite, junto con el testimonio de las
actuaciones, el auto de 21 de marzo de 2023 por el que se acuerda plantear cuestión de
inconstitucionalidad en relación con el art. 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes
Balears 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control
de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de
transportes terrestres, en cuanto que da nueva redacción al art. 74 bis.1 b) de la
Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes
Balears, por posible vulneración del art. 38 CE.
cve: BOE-A-2024-20904
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130686
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
20904
Pleno. Sentencia 112/2024, de 10 de septiembre de 2024. Cuestión de
inconstitucionalidad 3263-2023. Planteada por la Sección Tercera de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación con el
artículo 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes Balears 1/2019, de 22 de
febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad
de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de
transportes terrestres. Libertad de empresa: nulidad del precepto legal que
introduce la exigencia de un lapso de treinta minutos de antelación mínima
entre la contratación telemática y la prestación del servicio de alquiler de
vehículos con conductor.
ECLI:ES:TC:2024:112
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno,
doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3263-2023, promovida por la Sección
Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación
con el art. 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes Balears 1/2019, de 22 de febrero,
de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de
vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres, en cuanto
que da nueva redacción al art. 74 bis.1 b) de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de
transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. Han comparecido y
formulado alegaciones el Parlamento y el Gobierno de las Illes Balears, las sociedades
mercantiles Ares Capital, S.A., y Aucona Servicios Integrales, S.L., la Federación
Independiente del Taxi de las Islas Baleares, la asociación Taxi Project 2.0 y el Ministerio
Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla.
Antecedentes
1. El 17 de mayo de 2023 tuvo entrada en el registro general del Tribunal
Constitucional un oficio de la Sección Tercera de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo por el que se remite, junto con el testimonio de las
actuaciones, el auto de 21 de marzo de 2023 por el que se acuerda plantear cuestión de
inconstitucionalidad en relación con el art. 2.2 del Decreto-ley del Gobierno de las Illes
Balears 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control
de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de
transportes terrestres, en cuanto que da nueva redacción al art. 74 bis.1 b) de la
Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes
Balears, por posible vulneración del art. 38 CE.
cve: BOE-A-2024-20904
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I.