III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-20830)
Resolución de 2 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 130281

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio
existen actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las partes, a propuesta de la
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control del convenio, podrán acordar su
continuación hasta la finalización del plazo convenido para su ejecución, conforme a lo
establecido en el artículo 52.3 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Duodécima. Régimen de modificación del convenio.
El artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece lo siguiente: «Régimen de modificación del convenio. A falta de regulación
expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes». Dicha modificación se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50
de la citada ley, siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.
Decimotercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
Este convenio tiene naturaleza interadministrativa de acuerdo con lo establecido en el
artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
su régimen jurídico está regulado en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, y en la disposición cuarta del Acuerdo de Consejo de Ministros de 15
de diciembre de 2017, publicado por Orden PRA/1267/2027, de 21 de diciembre.
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles
de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes
para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional ContenciosoAdministrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio digitalmente, tomándose como fecha de formalización
y eficacia del presente documento la fecha del último firmante (1 de octubre de 2024).–
Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María Teresa
Sancho Castiello.–Por la Comunidad Autónoma de Aragón, la Consejera de Bienestar
Social y Familia, Carmen María Susín Gabarre.
ANEXO I
Al Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de
Aragón, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del
nivel de protección acordado para el ejercicio 2024
Objetivo 1.

Disminución de la lista de espera

Acciones referidas al apartado a) de la cláusula tercera del presente convenio:
– Agilización administrativa.
– Reducción de plazos de valoración del grado de dependencia y elaboración del
Programa Individual de Atención (PIA).
– Disminución de la lista de espera.

cve: BOE-A-2024-20830
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 246