III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-20827)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130260
Que el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985 dispone en su artículo 37 que, para facilitar su elaboración, el Ministerio de
Cultura podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su
artículo 48 y concordantes, faculta a la Administración General del Estado y a los
órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas para la celebración entre sí de
convenios interadministrativos en el ámbito de sus respectivas competencias, señalando
así mismo, el contenido mínimo de éstos.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de
agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra tiene atribuida
competencia en materia de Patrimonio Cultural de su Comunidad.
Que es propósito de ambas partes colaborar directa y decididamente en la
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español y en este sentido en la
elaboración del Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del patrimonio bibliográfico.
A tal fin el Ministerio de Cultura tiene consignado, en sus Presupuestos Generales
del Estado para 2024, en el capítulo 4, aplicación presupuestaria 24.03.332B.451 de la
Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, una cantidad total de 130.000
euros que distribuirá entre las diferentes comunidades y ciudades autónomas, en función
del número de comunidades en disposición de firmar el convenio durante el año 2024 y
de la disponibilidad presupuestaria de cada comunidad o ciudad autónoma para destinar
a este concepto, con un mínimo fijado en 10.000 euros y un máximo de 130.000 euros.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Comunidad Foral de Navarra quieren
suscribir un convenio con la intención de continuar la colaboración mutua en la
elaboración del Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico.
En su virtud acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Cultura y la
Comunidad Foral de Navarra para la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico de la citada Comunidad Foral, mediante la financiación por ambas partes de
los trabajos de catalogación y/o recogida de datos de aquellas obras existentes en las
bibliotecas públicas o privadas de la Comunidad Foral de Navarra que por su
antigüedad, singularidad o las especiales características de sus ejemplares forman parte
del patrimonio bibliográfico, de cara a su protección y difusión. Esta catalogación y/o
recogida de datos se realizarán sobre una parte de las colecciones ubicadas en
bibliotecas u otras instituciones de la memoria ubicadas en su territorio conforme al plan
de trabajo definido por la Comunidad Foral y comunicado a la Dirección General del
Libro, del Cómic y de la Lectura.
Segunda. Obligaciones y compromisos económicos de las partes.
1. El Ministerio de Cultura y la Comunidad Foral de Navarra se comprometen a
realizar en el presente ejercicio 2024 aportaciones para financiar la ejecución del objeto
del convenio.
La Comunidad Foral de Navarra aportará el 35 por ciento del total de la cantidad que
se invierta dicho año en la confección del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico
de la citada Comunidad, que corresponderá a la ejecución de los trabajos de
catalogación en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de la citada
Comunidad, y el Ministerio de Cultura aportará el 65 por ciento restante de dicha
cantidad, que corresponderá igualmente a la ejecución de los trabajos de catalogación
en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
cve: BOE-A-2024-20827
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130260
Que el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985 dispone en su artículo 37 que, para facilitar su elaboración, el Ministerio de
Cultura podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su
artículo 48 y concordantes, faculta a la Administración General del Estado y a los
órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas para la celebración entre sí de
convenios interadministrativos en el ámbito de sus respectivas competencias, señalando
así mismo, el contenido mínimo de éstos.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de
agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra tiene atribuida
competencia en materia de Patrimonio Cultural de su Comunidad.
Que es propósito de ambas partes colaborar directa y decididamente en la
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español y en este sentido en la
elaboración del Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del patrimonio bibliográfico.
A tal fin el Ministerio de Cultura tiene consignado, en sus Presupuestos Generales
del Estado para 2024, en el capítulo 4, aplicación presupuestaria 24.03.332B.451 de la
Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, una cantidad total de 130.000
euros que distribuirá entre las diferentes comunidades y ciudades autónomas, en función
del número de comunidades en disposición de firmar el convenio durante el año 2024 y
de la disponibilidad presupuestaria de cada comunidad o ciudad autónoma para destinar
a este concepto, con un mínimo fijado en 10.000 euros y un máximo de 130.000 euros.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Comunidad Foral de Navarra quieren
suscribir un convenio con la intención de continuar la colaboración mutua en la
elaboración del Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico.
En su virtud acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Cultura y la
Comunidad Foral de Navarra para la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico de la citada Comunidad Foral, mediante la financiación por ambas partes de
los trabajos de catalogación y/o recogida de datos de aquellas obras existentes en las
bibliotecas públicas o privadas de la Comunidad Foral de Navarra que por su
antigüedad, singularidad o las especiales características de sus ejemplares forman parte
del patrimonio bibliográfico, de cara a su protección y difusión. Esta catalogación y/o
recogida de datos se realizarán sobre una parte de las colecciones ubicadas en
bibliotecas u otras instituciones de la memoria ubicadas en su territorio conforme al plan
de trabajo definido por la Comunidad Foral y comunicado a la Dirección General del
Libro, del Cómic y de la Lectura.
Segunda. Obligaciones y compromisos económicos de las partes.
1. El Ministerio de Cultura y la Comunidad Foral de Navarra se comprometen a
realizar en el presente ejercicio 2024 aportaciones para financiar la ejecución del objeto
del convenio.
La Comunidad Foral de Navarra aportará el 35 por ciento del total de la cantidad que
se invierta dicho año en la confección del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico
de la citada Comunidad, que corresponderá a la ejecución de los trabajos de
catalogación en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de la citada
Comunidad, y el Ministerio de Cultura aportará el 65 por ciento restante de dicha
cantidad, que corresponderá igualmente a la ejecución de los trabajos de catalogación
en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
cve: BOE-A-2024-20827
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Núm. 246